Con Hacienda no vale eso de «es que yo soy de letras» o «a mí los números no se me dan bien» 🤷♂️
Las responsabilidades con el fisco hay que cumplirlas a rajatabla. La nota que sacabas en matemáticas es algo que a la Agencia Tributaria le importa bien poco.
Por eso, a la hora de presentar el Impuesto de Sociedades no hay excusa que valga. Tienes que tenerlo todo muy bien atado.
Ojo, que no quiero asustarte. Precisamente, para eso está GesTron aquí: para contarte cómo calcular el Impuesto de Sociedades correctamente (y alguna cosilla más que me reservo para el final) ✅
¿Vamos al lío entonces? Coge la calculadora, que comenzamos.
Cómo se calcula el Impuesto de Sociedades
Para calcular el Impuesto sobre Sociedades en primer lugar debes saber cuál es el tipo impositivo que le corresponde a tu sociedad.
Existen los siguientes tipos de gravamen:
- 25%, tipo general. Es el que se aplica a todas las sociedades a las que no les corresponden los siguientes tipos impositivos.
- 23% nuevo tipo reducido para las entidades cuya cifra de negocio del periodo impositivo anterior no sea superior a un millón de euros. No será aplicable a aquellas que tengan la consideración de entidad patrimonial.
- 15%, tipo reducido para las entidades creadas recientemente. El tipo reducido se aplica a la BI del primer período impositivo desde la constitución en que la base imponible sea positiva y el inmediatamente siguiente. En caso de que en el período inmediatamente siguiente al primero con base imponible positiva, la entidad tuviese una base imponible negativa, no se haría efectiva la aplicación práctica del tipo reducido. No resulta de aplicación a las sociedades patrimoniales.
- 20% tipo reducido para las cooperativas protegidas a nivel fiscal. Se excluyen los resultados extraoperativos que tributarían a un 25% o un 23%.
- 10%, tipo reducido para las entidades sin fines lucrativos.
- 1%, tipo reducido para Sociedades de inversión capital variable reguladas por la Ley 35/2003.
El Impuesto sobre Sociedades se calcula sobre el resultado contable de la sociedad (ingresos menos gastos). Es necesario que la contabilidad se haya realizado de forma correcta, porque en caso contrario no estará bien calculado (con las consecuencias que esto conlleva).
También hay que saber que existen dos posibles resultados: el resultado fiscal y el resultado contable. La diferencia entre ambos es que el contable recoge determinados elementos como los donativos, y el fiscal no.
Ahora que tenemos toda esta información, vamos a ver cómo se calcula el Impuesto de Sociedades paso a paso:
- Al resultado contable antes de impuestos del ejercicio le sumamos o restamos las diferencias permanentes (como las multas) y le sumamos o restamos.
- A continuación las diferencias temporarias, que son los elementos que se encuentran en la contabilidad de un periodo determinado, pero que en el sentido fiscal no pertenecen al mismo. Obtendremos el resultado fiscal previo.
- Del resultado fiscal previo restaremos las bases imponibles negativas de anteriores ejercicios y la disminución de bases imponibles por aplicación de reserva de capitalización si fuera el caso obteniendo el resultado fiscal. (para determinar la base imponible).
- Al resultado fiscal le restamos la disminución de bases imponibles por aplicación de reserva de nivelación si correspondiera obteniendo el resultado fiscal después de la R.N.
- Aplicamos el tipo de porcentaje que corresponda y obtenemos la cuota íntegra, que junto a las bonificaciones y deducciones dará como resultado la cuota íntegra ajustada positiva / cuota líquida positiva.
- Una vez restamos las retenciones llegamos a la cuota del ejercicio.
- Por último, a ella hay que restarle los pagos a cuenta (modelo 202) si se hubiesen producido para llegar al resultado de la liquidación o cuota diferencial.
El resultado puede ser positivo o negativo:
- Si es positivo, significa que tenemos que pagar esa cantidad a Hacienda❌
- Y si es positivo, será Hacienda quien tenga que devolvernos ese dinero ✅
Ejemplo de cálculo del Impuesto de Sociedades
Veamos con un ejemplo cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades.
Supongamos que al obtener la cuenta de pérdidas y ganancias, el resultado contable antes de impuestos es de 10.000€ y tenemos la siguiente información:
- Durante el ejercicio contabilizó una multa que le vino a la empresa por valor de 2.000€
- Tiene bases imponibles negativas de ejercicios anteriores de 4.000€
- El tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades es del 23%.
- Ha realizado durante el ejercicio pagos a cuenta por importe de 1.500€
Realizaremos la liquidación del impuesto con los datos anteriores:
Resultado contable antes de impuestos 10.000€
+- diferencias permanentes +2.000€ (multa)
= Resultado fiscal previo 12.000€
– Bases imponibles negativas -4.000€
= Resultado fiscal 8.000€
* Tipo de gravamen 23%
Cuota íntegra 1.840€
– Pagos a cuenta (modelo 202) -1.500€
Resultado de la liquidación (CUOTA DIFERENCIAL) 340€
Ahora va eso que me guardaba para el final. Sabes que te lo voy a decir y, por supuesto, te lo digo.
El Impuesto de Sociedades puede parecer fácil de calcular, pero hay que tener en cuenta muchos detalles. Y ante el más mínimo fallo, ya sabes: te va a tocar darle explicaciones a Hacienda (un trámite no muy agradable).
Hazme caso y evítatelo. En AYUDA T PYMES tenemos unos súper asesores que pueden hacerte el Impuesto de Sociedades muy bien, y además con mucho mimo. No es que no tengan vida propia, es que son así de maravillosos 😇
Siempre positivo. Nunca negativo
Suele salir positivo el cálculo del Impuesto de Sociedades, sí 😔 por eso es un impuesto. Pero en contadas ocasiones y según qué circunstancias puede salir a devolver.
Buenos días, necesito hacer el Impuesto de Sociedades para este año y de dos años anteriores no presentados por X motivos.
Pros y contras.
Saludos
Hola Salvador, la falta de presentación de una declaración en el plazo establecido para cada modelo conlleva de manera automática una sanción, indistintamente de la razón de no hacerlo. No presentar la declaración constituye una infracción tributaria y como tal es sancionable. Si no presentas el modelo lo normal es que la Agencia Tributaria le haga la reclamación de éstos para que realice su presentación y esto conllevará su correspondiente sanción y multa superior a si lo presentas antes de la reclamación. Si presentas estos impuestos antes del requerimiento por parte de la agencia tributaria pagaras los recargos por presentar fuera de plazo y es posible que también unos intereses de demora. Los recargos varían en función del tiempo retrasado de la presentación, por lo tanto te aconsejamos que lo hagas cuanto antes. Si necesitas ayuda puedes contactar con nuestros especialistas para la presentación de los modelos.