Seguro, segurísimo que el término «IVA franquiciado» ha llegado en algún momento hasta tus oídos. Últimamente es difícil encontrar información contrastada, pero para algo están los super héroes.
Te voy a dar una clase magistral sobre este tipo de IVA que va a despejar todas tus dudas. Así que, no me enrollo en presentaciones y vamos al lío 😎
Qué es el IVA franquiciado
Todo el mundo sabe que el IVA es el Impuesto sobre el Valor Añadido que se aplica a los productos y repercute en el consumidor final.
El IVA franquiciado es una directiva de la Unión Europea que posibilita, a los autónomos que facturen al año un límite concreto que depende del país, no aplicar el IVA.
Por lo tanto, los autónomos afectados por esta directiva están exentos de realizar la liquidación trimestral (modelo 303) y el resumen anual (modelo 390). Además, no tienen la obligación de realizar facturas con IVA.
El IVA franquiciado supone un gran cambio para los autónomos que cumplan con ese límite de facturación, ya que les permite ser más competitivos simplificándoles los trámites y dándole la posibilidad de abaratar sus servicios.
Suena bien, ¿verdad?
IVA franquiciado en la Unión Europea
La historia del IVA franquiciado comienza con la Directiva 2020/285, en la que fue aprobado para una futura aplicación en los estados miembros de la Unión Europea.
Desde 2018, todos los países europeos han ido adaptándose para incorporar esta aplicación, que como ya te he comentado cuenta con unos límites de facturación. Estos límites dependen del país en el que estemos, según los datos que ofrece la Unión Europea son los siguientes:
- Menos de 25.000€. Alemania, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Grecia, Portugal y Suecia.
- Entre 25.000€ y 30.000€. Austria, Bélgica, Bulgaria, Hungría, Letonia y Luxemburgo.
- Más de 30.000€. Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Francia, Irlanda, Italia, Lituania, Malta, Polonia y Rumanía.
- Países Bajos. No tenemos datos, ya que su incorporación es reciente.
- España. No disfruta del IVA franquiciado.
Como puedes comprobar, España es el único país europeo que está atrasando la aplicación del IVA franquiciado. Pero no te preocupes, al ser una directiva proveniente de la UE, el Gobierno español no tendrá más remedio que aplicarla de forma obligatoria. Aunque la fecha sea un misterio, es un hecho que en España, en algún momento, se aplicará la directiva.
IVA franquiciado en España
La aplicación del IVA franquiciado en España pone nerviosos a todos, ya que existe cierto recelo ante la situación de ser el único país miembro de la UE que no está disfrutando de esta ventaja para los autónomos.
Las últimas noticas han hecho saltar las alarmas, desde que en el Foro Fiscal de Autónomos y pymes se confirmase la esperada entrada del IVA franquiciado a nuestro país en 2025.
Muchos medios de comunicación, influencers y blogs se hicieron eco de ello y como consecuencia Hacienda se vio obligada a desmentirlo.
Además, el Presidente de ATA, Lorenzo Amor, tuvo que aclarar que a pesar de las negociaciones e intentos por parte de la asociación de autónomos, no consiguieron llegar a un acuerdo con Hacienda para que en 2025 los autónomos estuviesen exentos de aplicar el IVA en sus facturas.
👉 Si me permites que te de un consejo, ante noticias de tal calibre lo más adecuado es acudir directamente a fuentes oficiales, como el propio Gobierno, los órganos administrativos de la UE o el mismo Presidente de ATA para confirmarlas. Ya que, como en este caso, puede llevarnos a desilusiones.
El futuro del IVA franquiciado en España
El futuro del IVA franquiciado en España está por determinar. Lo que es seguro, es que deberá aplicarse en algún momento, debido a que los países miembros están obligados a cumplir las directivas de la UE. Por lo que continuarán las negociaciones entre el Gobierno y las asociaciones de autónomos, para poder implantar el plan de dos fases que ya se había barajado en el pasado, y el límite de 85.000€ de facturación que se tenía previsto.
La aplicación del plan para la introducción del IVA franquiciado en España es, según palabras de la Vicepresidenta de ATA, complicada, debido que el Ministerio de Hacienda es reacio a seguir la directiva de la Unión, por la inflación y la necesidad del país de recaudar ingresos. Dejando devastados a las asociaciones que en un principio veían la luz al final del camino en cuanto a IVA franquiciado se refiere.
Aún así, los autónomos todavía tenían una última bala en la recámara a la que poder aferrarse: el IVA en las operaciones transnacionales.
Autónomos exentos de pagar IVA en operaciones transnacionales
Otra cuestión que ha estado en el centro de este barullo informativo es la posibilidad de no aplicar el IVA en las operaciones transnacionales.
A lo que fuentes de ATA declaran: «está en consulta pública […] transponer la directiva en cuanto a intercambio de información entre los Estado miembro y que se puede aceptar el IVA franquiciado de los no residentes en países de origen con este sistema. Pero, en ningún caso esto va a afectar a los autónomos españoles».
Por desgracia, volvemos a la desilusión de que pronto los autónomos puedan aplicar este tipo de ventajas en sus operaciones, por según la Agencia Tributaria, «falta de fondos».
Siento haberte dado malas noticias emprendedor. Aunque el IVA franquiciado no vaya a llegar en 2025 estaremos atentos a cualquier movimiento de Hacienda que pueda confirmar la entrada de esta directiva europea que tantas ventajas podría suponer para los autónomos de nuestro país.
Recuerda contrastar toda la información con los asesores expertos de Ayuda T Pymes, ellos mejor que nadie podrán informarte sobre el IVA franquiciado y otras cuestiones de tu negocio sin caer en bulos e información falsa 😉