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Ayudas para los autónomos de Aragón ¡Son hasta 7! Aprovecha

Este es de los post que más me gusta escribir. Si eres desempleado y vives en Aragón, ¡estás de suerte! 

En un esfuerzo por impulsar el espíritu emprendedor en la región, el Gobierno de Aragón ha puesto en marcha un emocionante programa de ayudas para autónomos y emprendedores. 

Sí, ¡has oído bien! Ahora tienes la oportunidad de recibir una subvención de hasta 8.000 euros para hacer realidad tus sueños empresariales en esta hermosa tierra. Así que, si estás pensando en iniciar tu vida como emprendedor, coge algo para apuntar porque esta lluvia de dinero te interesa. 

Programa de ayudas para el emprendimiento en Aragón

La nueva convocatoria del programa de fomento y consolidación del empleo autónomo ha sido diseñada para ofrecer un mayor apoyo al autoempleo y el emprendimiento

Este programa consiste en la puesta en marcha de hasta 6 tipos de subvenciones para autónomos aragoneses. Lo mejor de todo es que cada una de ellas tiene un fin distinto, por lo que estoy seguro de que encontrarás, como mínimo, una que se adapte a tus necesidades. 

Las ayudas, que pueden alcanzar hasta los 8.000 euros, estarán disponibles hasta el próximo 30 de octubre de 2023. Eso sí, ten en cuenta que los fondos son limitados, así que no te duermas en los laureles y solicítala cuanto antes. 

¿Quiénes pueden acceder a estas ayudas del Gobierno de Aragón?

Estas subvenciones están destinadas a personas que se encuentren en situación de desempleo y estén inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo. 

Para acceder a ellas deberás darte de alta como autónomo y realizar una actividad en nombre propio. También podrán solicitarla aquellas personas que formen parte, en calidad de trabajadores autónomos, de sociedades civiles o comunidades de bienes.

Otro de los requisitos es estar dado de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.

Pero bueno, vamos a lo que de verdad interesa. Atento porque voy a contarte cada una de las seis subvenciones con todo lujo de detalles. ¡Vamos allá!

Subvención al establecimiento como trabajador autónomo

La primera de las subvenciones del programa está destinada a fomentar el empleo por cuenta propia de personas desempleadas que se encuentran inscritas como demandantes de empleo en Aragón.

Requisitos:

  • Debes haber permanecido desempleado y registrado como demandante de empleo de manera continua durante al menos dos meses previos al inicio de tu actividad emprendedora.
  • Es imprescindible estar dado de alta, al menos, en la fecha inmediatamente anterior a la solicitud de la subvención en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad de tu colegio profesional.
  • Tu actividad debe ser realizada de forma exclusiva, sin otra ocupación laboral.
  • Es necesario contar con un plan de empresa para la actividad que tienes proyectada.
  • Durante el periodo comprendido entre los cuatro meses anteriores al inicio de tu actividad y la fecha de solicitud de la subvención, debes haber invertido al menos 4.500 euros (sin incluir impuestos) en activos fijos necesarios para el desarrollo de tu actividad.

La cuantía de esta subvención se ajustará en función de la dificultad que hayas experimentado para acceder al mercado laboral. ¡Podrás recibir entre 3.000 y 6.000 euros para impulsar tu proyecto!

Subvención para el fomento del relevo generacional

La segunda subvención está diseñada para asegurar la continuidad de negocios incluso más allá de la vida laboral de sus promotores. 

Requisitos:

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad.
  • Estar dado de alta en el RETA antes de solicitar la subvención.
  • El solicitante deberá suceder al titular de una actividad empresarial por cuenta propia, siempre y cuando esta sucesión permita mantener un establecimiento que, de otro modo, habría cerrado.
  • El negocio que se transmite debe tener una antigüedad de al menos tres años desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por parte del nuevo titular.
  • No puede haber transcurrido más de seis meses entre la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del titular anterior y el alta en el mismo régimen por parte de quien adquiere el negocio.
  • La transmisión de la actividad empresarial debe realizarse a través de un contrato de traspaso formalizado en escritura pública. En él se deberá especificar claramente el relevo como objeto del contrato. Además, deberá indicar el valor de los activos fijos transmitidos, así como, en caso necesario, el valor de las existencias y del fondo de comercio.

El importe de la subvención oscila entre 4.000 y 6.000 euros. ¡Una oportunidad invaluable para asegurar la continuidad de tu negocio!

👩‍🏫 Importante: la transmisión debe ser motivada por situaciones como incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, jubilación o fallecimiento del titular del negocio. 

Incentivo a la consolidación de proyectos

Esta subvención consiste en un incentivo dirigido a fortalecer y mantener proyectos, con el objetivo de favorecer la continuidad de la actividad por cuenta propia.

Requisitos:

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad.
  • Estar dado de alta en el RETA antes de solicitar la subvención.
  • Haber sido beneficiario de la ayuda al establecimiento como trabajador autónomo o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
  • Mantenerse dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de forma ininterrumpida durante los 12 meses siguientes al inicio de la actividad.

En términos generales, el monto de este incentivo será de 1.100 euros, aunque en casos específicos podrá elevarse hasta 1.300 euros.

Subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar

¿Conoces la figura del autónomo colaborador? Es una de las mejores opciones para incorporar a un familiar al negocio. Sin embargo, en muchas ocasiones se ven un poco “discriminados” a la hora de recibir subvenciones, ¡son los grandes olvidados!

Requisitos:

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad.
  • Estar dado de alta en el RETA antes de solicitar la subvención.
  • El solicitante debe ser cónyuge, pareja estable no casada, ascendiente, descendiente o tener una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o adopción con la persona titular del negocio.
  • Debe incorporarse como trabajador autónomo colaborador en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Tanto el colaborador como el titular deben trabajar de manera habitual en el mismo lugar, y no de forma esporádica o puntual.

El total de la subvención irá desde un mínimo de 2.000 euros y podrá alcanzar hasta 5.000 euros para determinados solicitantes. Como ves, es una gran oportunidad para favorecer la incorporación de trabajadores autónomos colaboradores al negocio familiar.

Subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena

Como no podía ser de otra manera, el Gobierno de Aragón también ha pensado en la posibilidad de incorporar a un primer trabajador al negocio. Así que, si te encuentras sobrepasado por el trabajo, es el momento perfecto para contratar a alguien más. 

En este caso, el contrato debe formalizarse en los primeros 24 meses, contados desde el inicio de la actividad por cuenta propia del trabajador autónomo. 

Requisitos:

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad.
  • Estar dado de alta en el RETA antes de solicitar la subvención.
  • Contratar a un trabajador por tiempo indefinido desde el comienzo y comunicarlo al Instituto Aragonés de Empleo de acuerdo con las normas establecidas.
  • Los contratos se realizarán a jornada completa o a tiempo parcial, no inferior al 50% de la jornada ordinaria en un año. 

La cuantía básica de la subvención será de 4.500 euros si se contrata a un hombre, y de 5.000 euros si se contrata a una mujer o a una persona transgénero

Pero eso no es todo. Mucho ojo con esta subvención porque puede alcanzar los 8.000 euros en casos específicos.

Subvención financiera

Llegamos a la última línea de ayudas aprobadas por el Gobierno de Aragón. Esta ayuda consiste en subvenciones financieras para que puedas cubrir préstamos destinados a la creación de empleo por cuenta propia.

Requisitos:

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad.
  • Estar dado de alta en el RETA antes de solicitar la subvención.
  • Los préstamos deben formalizarse en el período que abarca desde tres meses antes del inicio de la actividad hasta doce meses posteriores.
  • El préstamo debe destinarse a financiar inversiones en activos fijos materiales e inmateriales, así como otros gastos necesarios para el inicio de la actividad.

Un aspecto importante es que los préstamos subvencionables tendrán un importe máximo de 25.000 euros.

¿Cómo puedo solicitar las subvenciones para autónomos de Aragón?

Para poder solicitar las subvenciones que te he comentado en el post deberás acceder al trámite desde la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón.

Eso sí, necesitarás un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve) y subir la documentación correspondiente. 

En definitiva, como has podido ver a lo largo del post, existen diferentes tipos de subvenciones, cada una de ellas con un fin específico. 

Y cuando vayas a arrancar con el negocio, mi consejo es que acudas a una asesoría que te ayude en todo lo que necesites, y para ello nadie mejor que Ayuda T Pymes.

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