Base imponible
IGIC
7% - General
0% - Tipo
3% - Reducido
9.5% - Incrementados
15% - Incrementados
20% - Especiales
35% - Especiales
Precio con IGIC
Retención de IRPF
0 % - Sin retención
1 % - Módulos o Actividades Ganaderas
2 % - Sector Agrario
7 % - Profesionales en los dos primeros años de actividad
15 % - Profesionales
19 % - Alquileres o Intereses (capital mobiliario)
2.8 % - Profesionales en los dos primeros años de actividad (Ceuta y Melilla)
6 % - Profesionales (de Ceuta y Melilla)
7.6 % - Alquiler (Ceuta y Melilla)
Importe total de la factura