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Facturar como persona física una única vez ¿Cómo puedo hacerlo?

En la vida, hay cosas que no son justas. Por ejemplo, que tuvieras que andar una temporadita con los enredos que supone ser autónomo si solo piensas facturar como persona física una vez, ¿verdad?

Pero, ¿es posible emitir una sola factura de forma puntual, y si te he visto no me acuerdo? 🙄

No le des más vueltas a la cabeza, que ya está aquí GesTron para solucionar tus dudas 😎

Así que, sin más preámbulos, te cuento…

¿Puedo facturar como persona física una sola vez?

Veamos, veamos… Puedes facturar una sola vez, claro que sí, o las veces que quieras. Hasta aquí, todo claro.

Ahora bien, la pregunta es: ¿con qué nos estamos refiriendo a eso de ser persona física? Porque en realidad, los autónomos son personas físicas, no jurídicas.

Sin embargo, sospecho que lo que tú quieres saber es si puedes facturar de una sola vez y sin darte de alta como autónomo, ¿verdad?

«Sí GesTron, ¡a eso me refería!».

Vale, vale. Ya nos vamos entendiendo.

Reformulemos la pregunta entonces.

¿Puedo facturar una sola vez sin darme de alta?

Ahora ya vamos por el buen camino. Tenemos que diferenciar dos cosas: el alta en Hacienda y el alta en la Seguridad Social.

Antes de emitir una sola factura, vas a tener que darte de alta en Hacienda necesariamente. En este sentido, no hay nada que discutir. Más tarde veremos en qué consiste eso.

La gran pregunta es, ¿y qué pasa con la Seguridad Social? ¿Tengo que darme de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) para facturar una sola vez como persona física?

Aquí hasta antes de la entrada en vigor en 2023 del nuevo sistema de cotización en función de los rendimientos netos mensuales la cosa no era blanca o negra, sino que había una gama de grises intermedios. Resulta que la jurisprudencia (es decir, las sentencias de los tribunales) venía aplicando un criterio por el que podría no ser exigible el alta en la Seguridad Social como autónomo:

  • Que la actividad no fuera habitual. Es decir, que fuera esporádica, que no fuera una actividad que se desarrolle de forma constante sino solo de manera puntual. Y se justificaba como umbral para no considerar una actividad habitual, cuando los ingresos obtenidos de la actividad económica fueran inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en el momento actual.

Vamos, que si hacías el negociazo del año y de una sola vez facturabas 40.000 euros, olvídate porque la administración no es tonta y entiende que con eso puedes comer todo el año (y no muy mal, por cierto). Cosa distinta era ingresar 300 euros, por ejemplo.

«Pero GesTron, ¿es seguro que en ese caso la Seguridad Social no me multa?«

Como sabrás, seguro no hay casi nada en esta vida, amigo. Siento tener que recordártelo.

A ver, este es el criterio que han seguido algunas sentencias antes de la entrada en vigor en 2023 del nuevo sistema de cotización en función de los rendimientos netos mensuales en ciertos casos. Pero no puedo asegurarte que no te multaran si hicieras esto y la información llegara a la Seguridad Social.

Sin embargo, la jurisprudencia está ahí. Ya eres tú quien tiene que valorar si quieres acogerte a ella y correr el riesgo, o hacer las cosas del todo bien y darte de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social (que dicen que más vale una colorada que ciento amarilla).

Además, el nuevo sistema de cotización de autónomos desde 2023 no ha venido acompañado de una corrección normativa en la que se deje más claro el criterio de habitualidad de la actividad. Este sistema se limita a establecer una tabla reducida de cotización para aquellos supuestos en los que el autónomo no alcance el Salario Mínimo Interprofesional, por lo que se sobreentiende que generar ingresos por debajo del SMI no sería un criterio válido para no darse de alta en RETA con este nuevo sistema de cotización vigente.

Un consejito de GesTron

Antes de seguir, quiero decirte algo: no quieras valerte de esta jurisprudencia para «jugársela» a la Seguridad Social.

Es decir, no intentes engañar a la Seguridad Social y querer hacer pasar como esporádica una actividad que en realidad es habitual.

A día de hoy, con Hacienda y Seguridad Social cruzando datos pueden llegar a exigirte las cuotas de autónomo impagadas con recargo añadido.

Aquí en AYUDA T PYMES nos consta que de hace algún tiempo a esta parte, han aumentado sobremanera las sanciones por no darse de alta en el RETA reuniendo el criterio de periodicidad al facturar.

No dejes que la administración te ponga la cara «roja» y te toque bien el bolsillo, de paso.

Entonces, ¿qué tengo que hacer para facturar como persona física una sola vez?

Lo que tienes que hacer seguro y segurísimo es darte de alta en Hacienda, como ya sabemos. No puedes en ningún caso facturar sin pasar por este trámite, porque a la Agencia Tributaria no le constarías como autónomo. Además, el alta en Hacienda es gratis, así que aquí no hay nada que pensarse.

Tienes que presentar el modelo 036/037 y darte de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). En función de la actividad que vayas a ejercer, debes encuadrarte en un epígrafe que corresponda con la misma.

No te asustes por la palabrita «Impuesto». Por el IAE no tienen que pagar absolutamente nada aquellos que van a facturar menos de un millón de euros en el ejercicio. Y no es tu caso, me parece a mí.

Y como vimos antes, también está el tema de la Seguridad Social, que es lo que tienes que pensarte. Pero si decides dejarte de historias, que es lo que te te recomiendo, debes darte de alta en el RETA (presencialmente u online).

Te digo esto porque te lo tengo que decir, pero en realidad estoy deseando que dejes estos trámites en nuestras manos. En AYUDA T PYMES te damos de alta en Hacienda, en la Seguridad Social y todo lo que tú nos pidas (en términos de asesoría, claro está, porque el genio de la lámpara no somos 🧞).

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Maria Jose dice:

    Buenos días. Trabajo por cuenta ajena, pero en 2023 hice un par de post para un blog y me han facturado dos trabajos por 30€ cada uno. Esto no lo había hecho antes, ni lo voy a volver a hacer. ¿Cómo tendría que declararlo?

    • GesTron dice:

      Hola Maria José. Debes estar dada de alta en Hacienda en la fecha de emisión de la factura, como mínimo. Luego te puedes volver a dar de baja. Tendrás también que presentar el modelo trimestral pertinente, así como el anual informativo.

  • María dice:

    Hola. Me di de baja de autónomo en 2022 (después de acogerme a una tarifa plana durante un año). Ahora tengo que emitir una única factura por 40.000€ y no estimo emitir más facturas en 2024. ¿Tengo que volverme a dar de alta de autónomo? ¿Me puedo dar de baja a los días, después de haber emitido la factura?. ¿Este tramite y el de darme de alta en Hacienda lo puedo hacer online o conviene que lo lleve una gestoría?. ¿Cuál es la tarifa que cobráis por estos trámites?. Con una factura en todo el año ¿tengo que meter la retención de IRPF del 15%?

    • GesTron dice:

      Hola María. Para una única factura con ese importe es necesario darse de alta como autónoma, además de en Hacienda. Contacta con la asesoría para que te informen de la tarifa para tramitarte todo (altas, bajas, presentación trimestral y anual, e incluso la propia elaboración de la factura).

  • Angela dice:

    Y si se van a emitir 2/3 facturas de unos 3000 /4000 euros en total concentrados en 2 meses…? Sigue siendo no habitual? No supera el smi? Porque no sé si cuentan anual o mensual.

    • GesTron dice:

      Hola Ángela. Se tiene en cuenta el cómputo anual a efectos del SMI. Si es habitual o no depende de la propia naturaleza de la actividad. La Ley no define qué es una actividad habitual con claridad, por lo que esta interpretación queda en manos de los agentes públicos si sospechan. Una factura o dos al año no van a levantar sospechas, pero a partir de ahí…

  • Natalia dice:

    Hola!
    Este año tengo que hacer una única factura de 300 euros. Me quiero dar de alta en el 036 pero tengo unas facturas de 2018 que me da miedo que me reclamen ( cuando prescriben?) . Llame a hacienda y me dijeron que podía presentar un recibo con irpf y sin iva , asi el pagador declararía y no habria problema. Pero dias mas tarde volví a llamar para confirmar y me dijeron que era obligatorio darse de alta. Otra compañera, sin darse de alta en el 036 presento facturas a la hora de hacer la declaración y no tuvo problemas . Alguna solución? Gracias .

    • GesTron dice:

      Hola Natalia. Las facturas de 2018 han prescrito ya. Deberías darte de alta en Hacienda para este nuevo ingreso de 300 euros, sí, y hacer la declaración trimestral pertinente. Y si no vas a facturar más puedes darte de baja a continuación. Lo de tu compañera… simplemente no la han pillado, pero sigue en riesgo de ser detectada hasta pasados 4 años.

  • María José dice:

    Buenas tardes tengo que realizar una factura de 5000€ con IVA incluido. El IVA quien lo retiene y me lo retienen en el momento que me hagan el ingreso en el banco??

    • GesTron dice:

      Hola Maria José. El IVA ingresado lo devolverás tras presentar el modelo 303 del IVA que se presenta cada trimestre. En la fecha de emisión de factura debes estar dada de alta en Hacienda mediante el modelo 036/037, no lo olvides, aunque luego te des de baja inmediatamente si no vas a generar más facturas.

  • FREDERIC dice:

    Tengo que hacer una única factura de 1.700€ en total en el ejercicio fiscal actual. Cuánto me costaría darme de alta en Hacienda si lo gestiono a través de vosotros? De hacerlo, ¿es totalmente legal y sólo tendría que pagar el 7% de IRPF en la declaración o me va a suponer un extracoste a posteriori? ¿y qué pasará con el IVA, a quién se lo tengo que abonar?

    • GesTron dice:

      Hola Frederic. Estamos ya a día 9, en plena presentación del última trimestre y la anual. Si tu factura es de 2023 no dejes pasar el tiempo y ponte en contacto con la asesoría que los plazos concluyen en poco más de una semana. Ellos solucionarán todas tus dudas, que no son pocas, y te informarán del precio.

  • Lorena dice:

    Hola, tengo que presentar una factura puntual a un ayuntamiento de unos 600 y pico euros, me han pedido el alta en el IAE. Tendria que darme de alta como autonomo? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola Lorena. Si es una única factura y no harás ninguna más en el ejercicio fiscal, bastará con el alta en Hacienda. En el modelo de alta tendrás que escoger tu epígrafe IAE en función de la actividad económica.

  • Jonas Miguel Huertes dice:

    Buenos días;
    Tengo que tramitar una factura de poco más de 400 euros para una embajada que tengo entendido puede ser sin IVA porque está exenta
    o con IVA y luego solicitan la devolución. Pero en mi caso debo darme de alta en Hacienda y luego darme de baja una vez emitida la factura, esa es mi duda.

    • GesTron dice:

      Hola Jonás. Siempre que se facture hay que estar dado de alta en Hacienda. Y puedes darte de baja a continuación si no prevés facturar a corto plazo, correcto. En cuanto a lo del IVA no podría responderte sin más información.

  • Juanjo Mantxola Gutiérrez dice:

    Buenos días.
    Necesito realizar una única factura de aproximadamente 1100 euros (IVA sin incluir).
    Quisiera saber si su plataforma puede realizar las gestiones correspondientes y saber su coste aproximado.
    Es una factura puntual, sobre un trabajo realizado como freelance. Yo en este momento soy asalariado y nunca he trabajado como autónomo. Tendría que realizarla este mes de octubre.
    Gracias y un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola Juanjo. Claro, con una única factura solo hará falta el alta y baja en Hacienda y la posterior declaración trimestral del IVA. No hace falta darte de alta como autónomo. Para que nos pongamos en contacto contigo por ese motivo solo tienes que dejar tus datos en la página de la asesoría. Rellena el apartado de consulta con lo mismo que me has dicho.

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