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En la vida, hay cosas que no son justas. Por ejemplo, que tuvieras que andar una temporadita con los enredos que supone ser autónomo si solo piensas facturar como persona física una vez, ¿verdad?
Pero, ¿es posible emitir una sola factura de forma puntual, y si te he visto no me acuerdo? 🙄
No le des más vueltas a la cabeza, que ya está aquí GesTron para solucionar tus dudas 😎
Así que, sin más preámbulos, te cuento…
¿Puedo facturar como persona física una sola vez?
Veamos, veamos…Puedes facturar una sola vez, claro que sí, o las veces que quieras. Hasta aquí, todo claro.
Ahora bien, la pregunta es: ¿con qué nos estamos refiriendo a eso de ser persona física? Porque en realidad, los autónomos son personas físicas, no jurídicas.
Sin embargo, sospecho que lo que tú quieres saber es si puedes facturar de una sola vez y sin darte de alta como autónomo, ¿verdad?
«Sí GesTron, ¡a eso me refería!».
Vale, vale. Ya nos vamos entendiendo.
Reformulemos la pregunta entonces:
¿Puedo facturar una sola vez sin darme de alta?
Ahora ya vamos por el buen camino. Tenemos que diferenciar dos cosas: el alta en Hacienda y el alta en la Seguridad Social.
Antes de emitir una sola factura, vas a tener que darte de alta en Hacienda necesariamente. En este sentido, no hay nada que discutir. Más tarde veremos en qué consiste eso.
La gran pregunta es, ¿y qué pasa con la Seguridad Social? ¿Tengo que darme de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) para facturar una sola vez como persona física?
Aquí la cosa no es blanca o negra, sino que hay una gama de grises intermedios. Resulta que la jurisprudencia (es decir, las sentencias de los tribunales) viene aplicando un criterio por el que podría no ser exigible el alta en la Seguridad Social como autónomo si se reúnen dos requisitos:
- Que la actividad no sea habitual. Es decir, que no sea una actividad que se desarrolle de forma constante sino solo de manera puntual. Algo que no se entendería si tienes un local abierto al público, ojo al dato.
- No producir ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La actividad ejercida no puede dar ingresos mayores que el SMI vigente en el momento actual.
Vamos, que si haces el negociazo del año y de una sola vez facturas 40.000 euros, olvídate porque la administración no es tonta y entiende que con eso puedes comer todo el año (y no muy mal, por cierto). Cosa distinta es ingresar 300 euros, por ejemplo.
«Pero GesTron, ¿es seguro que en ese caso la Seguridad Social no me multa?«
Como sabrás, seguro no hay casi nada en esta vida, amigo. Ya siendo tener que recordártelo.
A ver, este es el criterio que han seguido algunas sentencias en ciertos casos. Pero no puedo asegurarte al 100% que no te multaran si hicieras esto y la información llegara a la Seguridad Social.
Sin embargo, la jurisprudencia está ahí. Ya eres tú quien tiene que valorar si quieres acogerte a ella y correr el riesgo, o hacer las cosas del todo bien y darte de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social (que dicen que más vale una colorada que ciento amarilla).
Un consejito de GesTron
Antes de seguir, quiero decirte algo: no quieras valerte de esta jurisprudencia para «jugársela» a la Seguridad Social. Es decir, si de verdad te estás planteando facturar una sola vez porque vas a ejercer una actividad puntual, puedes valorar si darte de alta en el RETA o no.
Pero no intentes engañar a la Seguridad Social y querer hacer pasar como esporádica una actividad que en realidad es habitual.
Aquí en AYUDA T PYMES nos consta que de hace algún tiempo a esta parte, han aumentado sobremanera las sanciones por no darse de alta en el RETA reuniendo el criterio de periodicidad al facturar.
No dejes que la administración te ponga la cara «roja» y te toque bien el bolsillo, de paso.
Entonces, ¿qué tengo que hacer para facturar como persona física una sola vez?
Lo que tienes que hacer seguro y segurísimo es darte de alta en Hacienda, como ya sabemos. No puedes en ningún caso facturar sin pasar por este trámite, porque a la Agencia Tributaria no le constarías como autónomo. Además, el alta en Hacienda es gratis, así que aquí no hay nada que pensarse.
Tienes que presentar el modelo 037 y darte de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). En función de la actividad que vayas a ejercer, Hacienda te asignará un epígrafe dentro de este impuesto.
No te asustes por la palabrita «Impuesto». Por el IAE no tienen que pagar absolutamente nada aquellos que van a facturar menos de un millón de euros en el ejercicio. Y no es tu caso, me parece a mí.
Y como vimos antes, también está el tema de la Seguridad Social, que es lo que tienes que pensarte. Pero si decides dejarte de historias, debes darte de alta en el RETA (presencialmente u online).
Te digo esto porque te lo tengo que decir, pero en realidad estoy deseando que dejes estos trámites en nuestras manos. En AYUDA T PYMES te damos de alta en Hacienda, en la Seguridad Social y todo lo que tú nos pidas (en términos de asesoría, claro está, porque el genio de la lámpara no somos 🧞).