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Mi asesor comete un error y me sancionan, ¿quién lo paga?

Es bastante común, y en GesTron lo sabemos, que autónomos y pymes externalicen servicios como la asesoría fiscal, laboral y contable de sus negocios.

Además, la burocracia, el papeleo y las obligaciones de un negocio ligadas a organismos como Hacienda y la Seguridad Social, son algunas de las áreas más espinosas en cuanto a la gestión de un negocio. Especialmente, por la importancia y posible impacto de estas gestiones en el negocio y en los quebraderos de cabeza del empresario, en caso de no gestionarse de la forma correcta.

Responsabilidad de una gestoría por un error con sanción, ¿quién lo paga?

Os sorprendería saber el número de casos que llegan a nuestra asesoría, Ayuda T Pymes, en los que empresarios nos comentan que han tenido problemas de este tipo con su antiguo despacho y quieren resolver dudas en cuanto a la responsabilidad civil y al pago de los posibles costos y penalizaciones derivadas.

Y es que, a veces, los asesores fiscales cometen errores por los que sus clientes son sancionados, viéndose obligados a asumir el pago de las mismas. ¿Sabes qué responsabilidades derivan de ello?

👩‍🏫 Volvemos a la cuestión: Mi asesoría comete un error y me sancionan, ¿quién lo paga? Primero, depende de que sea realmente un error y exista negligencia por parte del asesor contratado por el autónomo, empresa o sociedad en cuestión.

Únicamente serán motivo de indemnización los pagos exigidos al sujeto pasivo, es decir, al autónomo o sociedad que contrata al asesor, que impliquen un perjuicio para el contratante y que estén causados directamente por la actuación de la asesoría.

Consejos para tener pruebas que demuestren una negligencia del asesor

Lo primero que debes tener en cuenta para evitar una incidencia es que la comunicación con nuestro asesor debe ser fluida. Es decir, tienes que prestar atención cuando se requiera alguna documentación.

Por ejemplo, si en el periodo de presentación de impuestos tenemos que presentar el modelo 390 y nuestro asesor nos pide que le enviemos los modelos presentados anteriormente, si no facilitamos la información requerida, nuestro asesor tendrá como prueba el envío ese email.

De igual modo, tu tendrías como prueba que no se ha enviado ningún email si este fuese el caso.

Como pruebas de negligencia podemos tener los correos enviados, los modelos presentados, los trámites realizados, etc.

Todo lo que demuestra la veracidad de que lo estamos mencionando y la no culpabilidad en un proceso “mal realizado”, podemos tenerlo como prueba.

Te habrás dado cuenta que todo lo escrito prima sobre lo hablado. Esto es muy importante.

Cuándo no puedo reclamar a una asesoría la indemnización

Te detallo varios motivos que imposibilitarán que puedas efectuar una reclamación a tu asesor o asesoría. Son los siguientes.

No entregar en plazo la información o documentación necesaria

Para la asesoría pueda cumplimentar sus obligaciones de manera correcta, por ejemplo, para la elaboración de las liquidaciones y declaraciones tributarias pertinentes, es imprescindible que el asesor tenga acceso a todos los datos e información que afecten al acto.

En caso de que este no disponga, a la hora de realizar los trámites, de los datos o  documentación necesarios o relevantes, es imposible que, aún aplicando la mayor diligencia posible, se pueda desarrollar el encargo de manera adecuada y conforme al derecho.

Otra historia sería si el error desempeñado por la asesoría radica en una aplicación incorrecta de la normativa tributaria, aun contando con la información pertinente por parte del cliente, siendo competencia exclusiva del asesor determinar la normativa aplicada y su interpretación.

Falta de comunicación por tu parte con el asesor

Para evitar futuros errores en la comunicación con los asesores, es importante que tengamos guardado su número de teléfono y/o e-mail en nuestros contactos.

Teniendo guardado el numero de teléfono, evitamos no cometer el error de no responder un número que no conocemos y con ello perder comunicación con nuestro asesor/asesora, al igual que si guardamos la dirección de email de nuestro asesor, ya que con eso evitamos que los correos que nos envíen se deriven a la carpeta de spam o correo no deseado.

Por otro lado, ten en cuenta que la comunicación verbal difícilmente servirá como prueba ante cualquier posible negligencia, por lo que es recomendable SIEMPRE dejar reflejada por escrito cualquier confirmación de entrega de documentación, o de peticiones al asesor.

Información engañosa

El servicio de asesoría fiscal no es responsable de los casos en los que, aun habiéndose realizado el encargo de forma correcta en cuanto a la norma tributaria, la información contable o fiscal suministrada por el autónomo o pyme no sea veraz.

Por ejemplo, imagina un viaje de ocio que haya sido reflejado con concepto de gasto derivado del ejercicio de la actividad, como un viaje de negocio. En ese caso, la asesoría no podría ni está obligada a contrastar la veracidad de la información facilitada por el cliente, sino que solamente puede cumplir el encargo con los datos y documentos que el cliente le suministra.

Actuación conforme a las instrucciones del cliente

Es obvio, formando parte imprescindible de la labor de una asesoría comunicar al autónomo o pyme, de manera clara y aportando la información suficiente, los riesgos que cada una de las vías posibles y planteadas por el asesor tienen para su patrimonio. Una vez informado el cliente, éste podrá decidir qué opción considera adecuada.

En el caso por el que el cliente se incline por asumir un riesgo determinado en aras de incrementar el ahorro fiscal, el asesor fiscal será responsable del daño causado si no informó al cliente de manera pertinente.

Para determinar si el servicio de asesoría fiscal fue prestado de forma no diligente y la sociedad realiza la acción de omisión de sus obligaciones tributarias en desconocimiento pleno de los riesgos, es interesante que se cuente con un gestor, plataforma documental o la información prestada esté reflejada por escrito.

Realizar trámites que son propios del asesor

Si realizas los tramites por su cuenta, aunque tu asesor te advierta de los errores que puede cometer por la complejidad del trámite, no podrás luego hacer reclamación alguna.

Puede parecer una tontería, pero ocurre cuando se dejan pasar ciertos plazos, llega un sábado o domingo y el asesor no está disponible. No hay que dejar las cuestiones fiscales o la solicitud de ayudas para el último día.

Cómo reclamar a una gestoría: la asunción de riesgo y la responsabilidad civil

👨‍⚖️ La responsabilidad del asesor fiscal adquiere carácter subjetivo y estará basada en el incumplimiento contractual general, previsto en el artículo 1101 del Código Civil.

De este modo será el cliente quien deba probar en su reclamación en la sede judicial la culpa del asesor en la praxis de su actividad.

Existen tres requisitos para determinar la concurrencia de la responsabilidad del asesor:

  1. Incumplimiento o cumplimiento tardío del asesor de una obligación preexistente por culpa, negligencia, omisión o falta de diligencia.
  2. Que se dé daño o perjuicio de los intereses del cliente.
  3. Que exista relación causal demostrable entre la conducta del asesor y los daños sufridos por el cliente de la asesoría.

Conceptos reclamables al asesor o asesoría fiscal

Estos son los conceptos que puedes reclamar siempre que haya habido una mala praxis de la gestoría.

Importe de regularización de cuota tributaria

La regularización de la cuota tributaria se corresponde como la diferencia entre el montante de dinero que la administración, tras el proceso de inspección, determina que debió haber pagado el infractor en la presentación de un impuesto que no fue declarado de manera correcta y el propio pago del tributo, inferior a la cuantía que debiera haberse efectuado.

Ahora en cristiano. El importe de regularización de la cuota tributaria es la diferencia de lo que deberíamos haber pagado y lo que efectivamente hemos pagado. Esta cantidad, por tanto, es exigida por la administración para subsanar la deficiencia del pago, por lo que no es una sanción, sino el pago adecuado que debería haber realizado según el criterio de la administración.

Sanciones

El caso más habitual suele ser como consecuencia de la presentación complementaria practicada por Hacienda, en la que la administración concluye que se ha realizado el trámite de la declaración de forma errónea y se sanciona la acción. De entenderse que el asesor es responsable de la negligencia, este deberá correr al cargo del coste que la sanción tenga para el asesorado.

Intereses en tierra de nadie

En este ámbito no existe unanimidad a nivel de jurisprudencia, pues se dan resoluciones judiciales por las que se determina que es la asesoría la responsable del perjuicio causado en cuanto a los intereses devengados por la diferencia de cuota desde la fecha en que se debió pagar y otras que indican al cliente como el responsable de dichos pagos, independientemente de si el impago ha sido consecuencia de una negligencia del asesor.

¿Y si me llega una notificación por sanción y no la pago, aún no siendo mi culpa?

Los recargos de apremio son cantidades que se exigen como consecuencia de no atender en plazo la presentación y pago de obligaciones tributarias. Ello implica el inicio del procedimiento de ejecución.

La imposición o no de estos recargos es ajena, en principio, a la diligencia del asesor, teniendo en cuenta que el cliente tiene conocimiento de la deuda contraída tras recibir una notificación administrativa, donde se refleja la fecha máxima para su abono.

En resumen, cuando el cliente es notificado del pago exigido por parte de Hacienda, a los efectos de su liquidación, con independencia de si después se reclamará o no la deuda a la asesoría, es responsabilidad del cliente realizar el pago en el plazo requerido.

Interposición de recursos a resoluciones fiscales 

La responsabilidad del hecho de no interponer un recurso contra una resolución fiscal por parte de la administración, dado el caso, es  otro de los aspectos que a menudo es reclamado a la diligencia de los asesores y, por los que suele demandarse la indemnización de los costes derivados de dicha acción.

En estos términos, el criterio de buena o mala praxis por parte del asesor es análoga a la responsabilidad del abogado que no presenta una alegación en contra de una resolución judicial.

En este caso, de nuevo, el hecho de no presentar una alegación no implica un mal ejercicio de la asesoría, siempre y cuando se haya informado al cliente de las diferentes opciones en cuanto a vías de acción, las posibilidades en torno a la reclamación y los costes derivados de la misma, siendo el cliente el que en última instancia deba decidir interponer o no el recurso.

Solución a la negligencia de una asesoría: el seguro de responsabilidad civil

Todos somos humanos, incluso los asesores,  pueden cometer un error. El problema es que el ámbito del papeleo y la administración de las obligaciones tributarias comprende una gran relevancia, sobre todo, a nivel económico. El impacto que puede tener un error fiscal en el desarrollo de la actividad de un autónomo, pyme o cualquier tipo de sociedad es bastante importante.

📑 Afortunadamente, cualquier asesoría seria cuenta con un seguro de responsabilidad civil que se encargará de dar cobertura al cliente en caso de  error o negligencia. Ayuda T Pymes, por ejemplo, cuenta con el suyo 😉

De este modo, no tendrás ningún problema y podrás despreocuparte ante cualquier tipo de contratiempo relacionado con las obligaciones tributarias de tu empresa, ya que el seguro de responsabilidad civil de tu asesoría cubrirá los posibles daños o perjuicios sobre tu patrimonio.

ÚLTIMOS COMENTARIOS

  • Cata dice:

    Tras la pandemia, mis trabajadoras prefirieron trabajar en mi clínica con autónomas (actividad profesional sanitaria). Mi gestor me asesoró sobre la modalidad TRADE, me dijo que eso era legal y correcto. Se firmaron contratos y el gestor los registró, ya que así lo requiere la ley TRADE. Una inspección laboral las declaró falsas autónomas. Me reclaman seguros sociales con carácter retroactivo y una sanción. Puedo reclamar a mi gestor? Su seguro de responsabilidad civil lo cubriría? Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Cata. Puedes reclamar a tu gestor en base a que nos dices que él mismo fue quien te asesoró al respecto. La cuestión es que el asesor también puede negarse si considera que hubo algún dato relevante que no se le facilitó en su momento y que hubiera cambiado su consejo (por ejemplo, que iban a usar solo recursos de la clínica y que los horarios los establecía el empresario). En cualquier caso la alternativa sería recurrir a la vía judicial y aportar pruebas, lo que sería complicado si estas comunicaciones con el asesor no fueron por escrito, o si el contrato de servicios era solo para gestión y no para el asesoramiento.

  • Juan dice:

    Hace algún tiempo contrate una gestoría, y ellos recibían las notificaciones de hacienda. Hacienda necesitaba la aclaración de unas movimientos del 2021, por los que notificó esto a través de correo, Las notificaciones llegaron pero el Gestor hizo caso omiso de estás, por lo que Hacienda tomo como verdad lo que ellos creían y por ende me multo con 6000€. El gestor se disculpo por el error, y trato de solucionarlo pero no pudo, por el tiempo que ya había pasado, Y ahora soy yo el que asumo el costo de su error y lo estoy pagando. Al consultar con abogado por una posible demanda por negligencia, me dice que me sale más barato no demandarlo por los gastos que implicaría esa demanda. ¿Es eso cierto? tengo pruebas de que reconoció sus error.

    • GesTron dice:

      Hola Juan. El abogado habrá valorado en función de los datos ofrecidos si te merece o no la pena llevarlo a la vía judicial. Lo cierto es que 6000€ no son poca cosa. Respecto a tu gestor, imagino que no solo reconoció el error sino que además no contaba con un seguro de responsabilidad civil. Muy poco profesional, la verdad, en el caso de que el contrato de servicios estableciera la vigilancia de las notificaciones. Asegúrate en un futuro de que siempre lo tengan. Hace ya años que es necesario vigilar las notificaciones electrónicas, porque los plazos empiezan a correr y se dan por leídas. En Ayuda T Pymes incluso tenemos un servicio en exclusiva para hacerles seguimiento.

  • Francisco dice:

    Hola, La asesoría ha cometido dos errores ,me ha dado de alta con varios epígrafes consiguiendo así la cotización máxima ,cuando le había pedido la minima,también ha cometido error poniendo la cuenta de banco y no me llegaban los recibos, la asesoría no tiene seguro de responsabilidad civil. Ahora tengo una deuda de seguridad social de 3500 euros

    • GesTron dice:

      Hola Francisco. Es importante que la asesoría cuente con ese seguro ante cualquier incidencia que pudiese ocurrir, sea negligencia o no. Por desgracia, cuando lo peor ocurre y no existe este seguro, si no hay acuerdo económico entre asesor y cliente, solo queda recurrir a la vía judicial. Y para esto último deberás aportar pruebas que demuestren el mal hacer del profesional.

  • María dice:

    hola,
    me di de alta en autónomos en 2021. mi principal cliente (el 80% de lo facturado) es el que fue mi empleador en 2020. mi asesor sin consultarme nada aplicó «Reducción por inicio de una actividad económica». reducción que me he enterado que no puedo aplicar. así que mi declaración pasa de ser pagar 900€ a pagar 5.000€. tiene que hacerse cargo mi asesor de la diferencia entre la declaración y la complementaria?
    supongo que me llegará sanción también, en este caso, doy por hecho que esto sí se paga, verdad?
    gracias

    • GesTron dice:

      Hola María. Si ha habido un fallo humano o negligencia del asesor puedes reclamarlo, claro está. Y que actúe el seguro de responsabilidad civil. Y si no lo tiene, solo te queda ir por la vía judicial si no podéis arreglarlo por otra vía.

      Respecto a Hacienda, sí. Si llega la sanción hay que pagarla. Y no son de olvidar ni perdonar, bien lo sabemos.

  • Jose dice:

    Mi asesor no incluyó en mi declaración una indemnización cobrada de un seguro al entender que no tributaba. Hacienda me reclama xq debería haberse incluido. Mi mujer y yo hicimos declaración conjunta xq nos salía mejor que de manera individual, pero en el caso de haber incluido desde el principio dicha indemnización, nos hubiera salido mejor hacerla de manera individual. Ahora tenemos que pagar lo q nos pide hacienda mas una posible sanción. El seguro del asesor debería cubrir la posible sanción y la diferencia que vamos a tener que pagar x haberla realizado conjunta en vez de individual, o sólo es reclamarle el importe de la sanción? Xq el haberla hecho conjunta nos ha perjudicado debido al error del asesor

    • GesTron dice:

      Buenas tardes Jose. Entiendo tu situación, pero el seguro de responsabilidad civil que tenga la asesoría que te realizó el trámite, solo te cubriría en principio la sanción que te han impuesto por el error cometido de no incluir la indemnización en tu declaración de la renta.
      De todas formas, puedes realizar una consulta mas extensa del caso con nuestros asesores expertos en las materias de fiscal, laboral y contable.

  • Beatriz dice:

    Hola buenos dias, mi gestos no cambio el numero de cuenta para el pago de autonomo y ahora tengo todos los meses me embargan una cuantia en la cuenta ya que al ser 1056,06€ la deuda la seguridad social no me deja hacer el pago aplazos. El sabe que cometio un fallo al no cambiar la cuenta pero no me da ninguna solucion. Que puedo hacer? Tengo el email donde le notifico el cambio de cuenta.

    • GesTron dice:

      Hola Beatriz, que tengas el email solicitando ese cambio ya es, a falta de más datos y contexto, una prueba. En este tipo de casos debería actuar el seguro de responsabilidad civil que debería tener todo asesor. Si no tiene o se niega a asumir la responsabilidad, deberías sopesar hablar con un abogado para que valore la situación y ver si compensa ir por la vía judicial.

  • jose miguel dice:

    hola ,buenas tardes,les queria consultar mi caso,contrate a una gestoria para que me solicitaran una ayuda de autonomos el tramite se tenia que hacer con un turno previo ,dia y hora,y la gestoria solicito la ayuda una hora antes del turno ,por ello perdi mi numero de turno y me quede sin la ayuda.
    Que deberia hacer????, ellos reconocen la culpa ,pero no me dan solucion,muchas gracias.

    • GesTron dice:

      Hola Jose Miguel, ¡Vaya faena!, En este caso, como comentas que ellos reconocen la responsabilidad, lo mejor es que de forma amable les indiques que se hagan cargo del perjuicio, ya que las asesorías o gestorías cuentan con un seguro de responsabilidad civil para cuando se producen este tipo de errores. Por otra parte, la mejor recomendación que puedo hacerte es que te vengas con nosotros y dejes que nuestros expertos en asesoría fiscal y laboral te proporcionen la tranquilidad de dejar todo en buenas manos.

  • CarlaDi dice:

    Hola. Mi gestor siguió incluyendo para desgravar unos vehículos de empresa que ya habían sido vendidos (y había sido informado de ello) y hacienda me ha amonestado. Qué debo hacer? Es del año 2019 Gracias

    • GesTron dice:

      Hola CarlaDi. Pues me temo que si se han seguido incluyendo los vehículos de forma incorrecta, solo hay una solución. Aceptar la sanción de hacienda y reclamar atu gestor dichas cantidades si ha sido por error suyo, ya que, debe tener un seguro de responsabilidad civil. Puedes reclamarle las cantidades mediante burofax, nuestros compañeros asesores especialistas en material legal pueden ayudarte.

  • Paco dice:

    Buenas tardes,

    Por medio de mi gestor me dió de alta como nuevo autónomo el pasado mes. Por error ( el gestor no lo asume) seleccionó cotización máxima en vez de mínima y bonificada. He pagado en mi primera cuota de autónomo 1007 euros. La única solución que el gestor me da es que me de de baja de autónomo y que asuma la cuota no bonificada de ahora en adelante.
    Por otro lado estoy fuera de rectificación de cotización y hasta enero no podría cambiarla en caso de que quisiera continuar y la SS no asuma el recurso que puse de error cometido, podría perder hasta 3021 euros.
    ¿Qué debo hacer?
    Gracias de antemano,
    Saludos,

    • GesTron dice:

      Hola Paco. Las alternativas que te ha dado tu gestor son las que existen, o esperar a enero para cambiar la base de cotización o darte de baja y luego de alta y asumir la cuota sin tarifa plana. En todo caso, debes reclamarle estas cantidades a tu gestor si ha sido un error por su parte, para eso están los seguros de responsabilidad civil. Contacta con nuestros asesores especialistas en materia Legal, seguro que pueden ayudarte con la reclamación.

  • Jose dice:

    Si tengo sospecha o algo más que sospecha de que mis asesores han presentado facturas falsas a hacienda para emgordar mis gastos, además de poner amortizaciones al 100% cuando era un 20%, además de duplicar apuntes en dos actividades distintas, y no presentar facturas debidamente a hacienda que yo les he enviado….¿es mejor seguir con ellos y que ellos lo arreglen o cortar por lo sano y buscar otra asesoría y hablar con hacienda y denunciarles por todo el daño que me están causando?. Todo esto presuntamente claro…de un día para otro de tener todo muy claro que se están haciendo bien las cosas, llega carta de hacienda con muchos miles de euros y todo son cosas subrealistas. Y sobre todo algo que no entiendo, si lo hiciese yo sería tal vez lógico pensar que he podido querer defraudar poniendo más gastos (cosa que nunca he hecho ni haré), pero ¿qué explicación cabe en que lo haga una asesoría esto presentádolo a nombre de su cliente?. ¿Para supuestamente que el cliente paguie menos impuestos si nadie se entera y esté más contento con su servicio?. De ser así ¿qué mente enferma piensa así?. Esto es una pesadilla. ¿Consejos?. ¿Denuncio directamente?. Afortunadamente todo mi gestión con ellos ha sido siempre digital en el envío de facturas de ingresos y gastos, y puedo demostrar lo que mando y lo que no. La otra parte no puede porque no le puede coincidir jamás con lo que han presentado a mi nombre. ¿porqué olo han hecho?, ¿Cómo solventarlo?.Gracias

  • esther dice:

    Mi gestor no me contesta, he tenido que pedir a otro gestor que me gestionara la firma digital de nuevo pero para poder hacerme los impuestos necesita que el anterior le facilite toda la información, pero no contesta. Solo me ha dado largas, y ahora ni contesta al teléfono ni por email ¿Esto es denunciable?Falta una semana para poder presentar impuestos y si no facilita nada no podré hacerlo….

    • GesTron dice:

      Hola Esther. Ten en cuenta, que la obligación de guardar la documentación es del empresario. Con lo que, tú deberías tener tus facturas de este trimestre y los modelos de los trimestres anteriores para que el nuevo gestor te realice el trimestre. Eso sí, si el anterior gestor no te ha facilitado nunca los modelos anteriores, ni tu contabilidad lo mejor es que se lo reclames vía burofax. Si necesitas ayuda con esto puedes ponerte en contacto con nuestros asesores especialistas en materia Legal.

  • Paula dice:

    Tengo un negocio de catering en eventos, consulté a mi asesor cómo contratar de manera PUNTUAL para 3 eventos de 2 días de duración a una persona autónoma, y mi asesor me dijo que ambas posibilidades eran correctas: tanto contratarle como que me emitiese una factura por los servicios prestados. Ha venido una inspección de trabajo al evento y me enfrento a una sanción de 3500€ cuando mi asesor me dijo que no había ningún problema en esta forma de contratación, y ahora me acusan de tener un «falso autónomo». Al preguntarle a mi asesor se lava las manos y dice que pague la sanción con reducción del 40% ahora, ya que no hay forma de recurrirla. No creo que esto sea justo ni legal.

    • GesTron dice:

      Hola Paula. Lo primero, es que el asesor revise si hay forma de recurrir ese tema. Si dice que no la hay y que tienes que aceptar la sanción, esto puede derivar de un asesoramiento incorrecto. En todo caso, siempre le puedes reclamar este importe a su asesor, para ello te recomendamos abonar la sanción para no acumular deuda con los organismos oficiales y luego, comenzar a reclamar a la asesoría vía burofax. Nuestros especialistas en materia Legal pueden ayudarte, contacta con nosotros.

  • Antonio dice:

    Hola,
    Mi caso es el siguiente: a la gestoría se le contrató para dar de alta mi empresa -una SL y la nomina de los socios. Me comunicaron que todo estaba hecho, pero al cabo de una semana, la Seguridad Social me comunica que el alta de uno de los socios se solicitó pero no se tramitó. Al parecer, esto conlleva a una sanción. Esta sanción debe de ir por cuenta de la gestoría? Esto seguro es un despiste de ellos? Si uno contrata una gestoría para que le dé el manejo a un tema que no soy experta, ellos también tendrán responsabilidad….seguro la ley debe cubrirme en algo? Cómo puedo hacer que la gestoría me responda por daños y perjucios?

  • Nisa dice:

    Hola!!

    Me gustaría saber si la gestoría debe hacerse cargo de una sanción por presentar gastos no aceptables.

    Yo era comercial y siempre supieron que mi coche no estaba como vehículo comercial…. Han presentado durante 8 años gastos referentes al mismo, (combustible, repuestos, gomas…)

    Y para mí sorpresa, me han revisado una declaración anual y me sancionan a devolver todos esos gastos.

  • Deborah dice:

    Buenas Tardes

    Ante todo mil gracias por este artículo.

    Si fuera posible les pediría su opinión sobre mi caso.

    El mes de julio. me puse en contacto con mi asesoría para solicitar la baja de autónomos porque no estaba generando ingresos y no me compensaba seguir pagando una cuota sin justificación económica.

    Yo había pedido una bonificación de cuotas de autónomo durante el segundo año de actividad en la cual por residir en un municipio de menos de 5000 habitantes, me correspondería pagar de cuota de autónomo durante ese año 60 € planos.

    Pues resulta que esta bonificación exigía el alta en autónomos al menos por 24 meses. A mi me restaban tan solo 4 meses para cumplir los dos años. Yo no lo sabía y por lo visto mi asesoría tampoco.

    Si me hubiesen asesorado (que para eso entre otras cosas se contrata este servicio) de que era mejor no darme de baja en ese momento, hubiera sido mejor seguir pagando la cuota reducida hasta cumplir los dos años, que entre la tarifa de la asesoría y la cuota de autónomo no llegaba a 500€ en total hasta noviembre.

    Ahora me han arrancado la seguridad social 1894,70€ de mi cuenta.

    Aun sigo pagando el servicio de asesoría, ya que ellos me informaron que aunque me diera de baja me convenía pagar el mes de septiembre ya que en octubre tendría que hacer la declaración de trimestre y que si tendría que pagarlo sin asesoría me saldria 30€ más caro… que ironía no?

    ¿Ellos deberían de responsabilizarse por esta negligencia? ¿deberían indemnizarme?

    Gracias de antemano por vuestra opinión

  • Amanda dice:

    Buenos días. Arrastro un largo proceso por el cierre de una empresa inactiva que ha terminado en embargo de mis cuentas y propiedades.
    El asesor fiscal que se ocupó del cierre de la empresa y meses más tarde de mi declaración de IRPF, no incluyó el incremento de patrimonio. Nunca me dio opción a decidir si yo quería «arriesgarme» o no, porque mi deseo era tener todo a mi nombre y no al de una empresa muerta. Además, la declaración de ese año me salió a devolver poco más de 50€ por los que hacienda incrementa la sanción por «perjuicio económico». Cuando llegaron los requerimientos el asesor contestó con argumentos de niño pequeño. Se negó a asumir su responsabilidad y además descubrí que llevaba años sin tener seguro. No hay comunicaciones escritas (yo estaba fuera del país muchos años y era por teléfono). En un juicio sería su palabra contra la mía. ¿Creen que tendría alguna posibilidad? Gracias. Estoy aprendiendo mucho con su página.

    • GesTron dice:

      Hola Amanda, veo que tienes experiencia y ya sabes valorar la importancia de las comunicaciones escritas y de cerciorarse de que media un seguro de responsabilidad civil, aunque sea tras llevarse el disgusto. De seguro es algo que tendrás en cuenta en el futuro. No puedo vaticinar el resultado de un juicio, lo lamento; pero sí te puedo decir que si no está por escrito se complica bastante tu reclamación de daños y perjuicios, salvo que el procedimiento del asesor acarrease un mala praxis detectable a posteriori.

  • Rafa dice:

    Hola. Muchas gracias, esta información es muy interesante. En mi caso mi asesoría me informó erróneamente sobre los plazos para solicitar la ampliación de la ayuda de tarifa plana en la cuota de autónomos y cuando he ido a realizar el trámite ya estaba fuera de plazo. Estoy en contacto con ellos y con la Consejería de Empleo de la Junta, pero no se me ofrece ninguna solución. Esta ayuda es importante para proyectos que están comenzando, ya que de recibirla supondría un ahorro de alrededor de 2000€ respecto a la cuota normal. ¿Podría reclamar de alguna manera? Muchas gracias y un saludo

  • Galina dice:

    Buenas tardes. Gracias por el artículo, es muy útil pero sigo con una duda.
    A mi gestor se le olvidó presentar el modelo 115 de una de las declaraciones trimestrales. Era en cero porque tenía el local cerrado por las restricciones del covid y no pagaba el alquiler (mi contrato era así) pero aún así había que presentarlo y no lo hizo. Se le habrá olvidado pero ahora me enfrento a una multa de la Hacienda. Estoy intentando solucionar el problema amistosamente pero hasta ahora los de la gestoría solo me dan largas. Amablemente pedí dar parte a su seguro pero me salen con excusas de que me llamarán mañana y tal. Que otra vía me queda si se niegan a darme los papeles del seguro? Poner una denuncia? Gracias.

  • Cesar dice:

    Buenas, muchas gracias por el artículo, es de gran ayuda.
    En mi caso, la gestoría/asesoría no presentó el alta de un trabajador a tiempo y la SS me reclama 625€ de multa. Al mudarme de ciudad cambié de asesoría y ahora aquella asesoría no me responde y evade la situación. Ya hasta dudo que tengan seguro de RC… Tengo emails que prueban que la documentación la recibieron a tiempo, pero les da igual, como ya no estoy con ellos me ignoran. La única solución para reclamarles en condiciones es por la vía civil demandando?
    Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, César. Si no se activa la responsabilidad civil voluntariamente y hay un desacuerdo evidente entre las partes, solo queda la vía judicial.

  • Hugo dice:

    Hola,tengo una duda hace unos días encontré unas facturas de hace un año y no fueron presentadas en su momento y al ir a hablar con el asesor este nos dice que hay que hacer una complementaria y que llevara sanción y mi duda es que responsabilidad tiene el asesor de no darse cuenta tampoco de que faltaban esas facturas? porque si se hubiera dado cuenta de que faltaban evidentemente las hubiéramos incluido,gracias

    • GesTron dice:

      Hola Hugo, si son facturas de ingresos tendrías que declararlas en el año en el que fueron devengadas. Si se trata de facturas de gastos tienes 4 años para deducirte ese IVA y no tendrías que realizar declaraciones complementarias. De todos modos, podíamos revisar tu caso en concreto y asesorarle de la forma más acertada con toda la documentación necesaria.

  • Jorge dice:

    Hola, en este caso, uno de mis empleados iba a ser padre y consulte a la Asesoría (Enero) el coste que me llevaría, ellos me dijeron que nada se hacía cargo la seguridad social, en ese mismo mail, aclare que me es inasumible, cualquier gasto que me lleve si no viene a trabajar. En Abril, a una semana de que fuera padre el empleado y como no me quedaba claro, volví a preguntar y ahora si tiene coste… 415€/mes x 4 meses = 1650€ los cuales, como dije, no podría asumir la empresa. Y ahora dicen que tenía toda la información y que no se hacen cargo… que puedo hacer????

    • GesTron dice:

      Hola Jorge, durante el periodo de suspensión por paternidad no se paga salario al trabajador siendo el Instituto Nacional de Seguridad Social quien le abona la prestación pero si que continúa la obligación de cotizar por parte del empresario de las cuotas a su cargo, es decir, con el pago de los seguros sociales. La paternidad es un derecho que tiene el trabajador aunque al empresario le suponga ese coste. Contamos con asesores expertos en prestaciones de paternidad.

  • Inma dice:

    Buenas tardes
    El gestor tenía hasta el 4 de diciembre para presentar un recurso económico administrativo
    Después de 4 meses me he dado cuenta que no lo presentó
    El ha admitido su culpa y me ha dicho de dar parte a su seguro de responsabilidad civil
    Saben ustedes qué pasará ahora?
    Estamos hablando que en ese recurso se pedían unas rentas exentas de 15000 euros

    • GesTron dice:

      Hola, Inma. Pues si es cierto que va a dar parte a su seguro de responsabilidad civil, este se hará cargo de la posible penalización por este motivo. Para eso está el seguro, y por eso debe tenerlo todo gestor o asesor.

  • Alejandro dice:

    Buenas tardes
    Soy autónomo y estoy de baja laboral por enfermedad desde hace 8 meses. La cuestión es que aún no he recibido ni un euro de prestación por la baja. Mi gestor dice que se equivocó en un principio en la cuenta de email a las que enviaba los partes de baja, pero que lo corrigió. La cuestión es que pasan los meses y sigo sin cobrar y el gestor me va dando largas diciendo que está pendiente de que le digan algo ¿qué puedo hacer?¿podría por favor asesorarme al respecto? Mil gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Alejandro. Hay qué ahondar en los por qué de esta incidencia grave con tu gestor. Te recomiendo que te pongas en contacto con nuestros asesores jurídicos. Solo deja los datos y se pondrán en contacto contigo para echarte el cable. Cuanta más información les proporciones, mejor podrán ayudarte.

  • luis dice:

    Hola, soy autonomo, mi gestoría no hizo bien los ejercicios de trimestres del año 2017 declarando como ingresos solo el 10% real, en una inspección que me están haciendo hacienda me están reclamando que no es real, como se puede solventar?
    Un saludo

  • sergio dice:

    Hola buenos días.
    El pasado 4 de noviembre recibí tanto yo como mi gestor un acta de infracción (extranjeros) por un importe de 10.001€
    En ella expresaba que si enviaba un reconocimiento se aplicaría un 40% de descuento.
    El documento no se envió por parte de mi gestoría, me indicaron que debíamos de esperar a la sanción sin alegar recurso ni nada. La semana pasada recibí la carta de pago sin reducción, les escribimos un escrito y me indican que ya no es posible, está fuera de plazo.
    Mo pregunta es si el gestor tiene culpa y debe de hacerse cargo del 40%, el o su seguro. O no podemos reclamar nada a nadie.

    • GesTron dice:

      Hola, Sergio. Habría que estudiar las comunicaciones entre el gestor y el cliente para depurar posibles responsabilidades, o asumir que no hay pruebas (aun teniendo la razón) como para reclamar que actúe el seguro de responsabilidad civil del gestor externo. Sin duda nuestra asesoría jurídica te puede echar un cable con este asunto, pero es importante que reúnas las pruebas que sirvan para demostrar la mala praxis en esa gestión, tales como comunicaciones o el mismo contrato de servicios. No es solo que lleves la razón, sino que puedas demostrarlo (por ese motivo siempre recomendamos las comunicaciones por escrito, al margen de que haya un acuerdo u solicitud oral con antelación).

  • María dice:

    Buenas tardes,
    Hemos tenido una revisión del Impuesto de Sociedades desde el 2017 al 2020, en la que han detectado que se habían incluido como gasto de personal la cuota de autónomos del Administrador, y según nos ha indicado Hacienda cuando el gestor ha enviado las escrituras, el cargo no es retributivo por lo que no se podía incluir.
    Pero no contento con eso, como no habían presentado el modelo 111, ha decidido presentarlos todos ahora y estoy recibiendo sanciones por parte de Hacienda por presentarlo fuera de plazo.
    Por lo que me gustaría saber si estamos obligados a pagar esas sanciones o las tiene que pagar la gestoría por el error cometido.
    Gracias.
    Un saludo.

    • GesTron dice:

      Hola, María. Para depurar responsabilidades hay que entrar a fondo en todo el proceso de comunicaciones entre cliente y gestor, así como la gestión del último. Cuando se trata de un dinero que siempre debió estar en manos de la administración y no de la empresa declarante, esa cantidad debe ser subsanada por la empresa. Cuestión distinta son los intereses de demora o posibles sanciones, si se demuestra que que son debidas a una mala praxis del gestor. En estos casos sí podría actuar el seguro de responsabilidad civil que todo gestor profesional debe tener contratado.

      Si deseas analizar la situación a fondo para tener claras tus posibilidades de actuación, puedes consultar a nuestros expertos legales.

  • Carlos dice:

    Buenas tardes, mi dilema es el siguiente:

    El 28 de julio 2021 me dieron les escrituras de una empresa que creé por supuesto ya tenia una gestoria contratada que fue la que me hizo la gestion y por errores en los registros de la seguridad social mi numero de afiliacion no aparecia. No me daban de alta como autónomo societario según la gestoria, 3 meses despúes yo tuve que gestionar el número y pasarselo a el gestor, resulto que cuando me dieron de alta la seguridad social me cobró los meses que no había estado cotizando. Aparte de eso me cobran todo julio con recargos cada mes. Lo peor es que perdí la bonificación por ser primera vez y ahora estoy pagando 288€ en lugar de 64€. cuando reclamo a la gestoria evaden el problema, yo quiero llevar mi empresa con todas las condiciones pero me estan pejudicando. ¿Qué puedo hacer?

    un saludo

    • GesTron dice:

      Hola, Carlos. Para tu caso te recomiendo consultar a nuestros asesores legales ya que se han encontrado con situaciones similares. Si el registro erróneo fue a raíz de un fallo evidente del asesor, entonces podrías reclamarlo. Un asesor serio debe tener un seguro de responsabilidad civil, porque todo el mundo puede equivocarse, y el que no lo tenga, está jugando con el patrimonio de sus clientes y lo sabe.

  • Juan dice:

    Hola una gestoría me hizo la renta la cual insistí bastante en que añadiera en la casilla 021 las cantidades que me correspondían 3500 pero no sólo no lo hizo si no que al darme cuenta un año después cuando me piden en la guardería que tengo que pagar, se lo comunicó para rectificar la renta y me dice que No sólo no se puede si no que si lo hago tendré problemas con Hacienda y con tono amenazante me dice que yo me las vería con Hacienda. Al rectificar la renta me la dan por valida y me cuentan esos 3500 para deducir y con eso no debería de pagar la guardería pero mi sorpresa es que en la guardería me dicen que la Junta ya no coge esa renta por pasarse el plazo y me toca pagar todo el curso. Puedo reclamar a la gestoría? Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Juan. Si tus peticiones fueron por escrito, cabe la posibilidad de reclamar. En caso contrario es difícil probar que se le dieron las indicaciones oportunas. Es una de las ventajas que tienen las asesorías online en este aspecto, todo queda reflejado en las comunicaciones entre asesor y cliente. De todos modos puedes consultar a nuestro departamento legal, ya que ellos podrían indicarte mucho mejor tus posibilidades con respecto al gestor, si las hubiere.

  • Rafael Lomas Villegas dice:

    Quisiera tener una entrevista personal, sobre la idea de demandar a mi gestoria por un error, entiendo, de la misma, Debido
    hacienda me reclama 50000 mil €.
    Espero sus noticias. Un saludo

  • Raquel dice:

    Gracias x la contestación, si claro el gestor es externo. Si me ha traído intereses de demora (32 euros), no muchos, xq al gestor se le notificó en junio y a mí en agosto el último día de pago. Entiendo, que esos 600 euros no tengo que pagarlos yo, tal y como se me reclama, xq no es mi responsabilidad, si el q se ha equivocado ha sido el gestor entiendo q debería de pagarlo completo…verdad?

    • GesTron dice:

      La Jurisprudencia que más se menciona al respecto es la del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que hace unos años dictaminó que el trabajador debe cargar con el pago de la cuota si la empresa le retuvo de manera incorrecta el IRPF. Eso sí, pertenece a la empresa la sanción y los intereses de demora (o a su servicio de asesoría contratado mediante el seguro de responsabilidad civil que todo gestor debe tener). Espero que esta información te sirva de ayuda.

  • Raquel dice:

    Buenos días, os comento lo que me ha sucedido a ver si podéis echarme una mano, resulta que a mi jefe le llego un certificado de hacienda en el que se me exigía un pago de 600 euros ya que en 2019 me hicieron mal las nominas, yo soy empleada de una correduría y resulta que me subieron el sueldo pero no el irpf cuando correspondía…, ahora la empresa me reclama los 600 euros, ya que el gestor que se encarga de hacer las nominas se desentiende, cosa que no veo normal…, porque ha sido un error por su parte…., creéis que podría reclamar el que lo paguen ellos? gracias de antemano

    • GesTron dice:

      Hola, Raquel. Ten en consideración que esos 600€ no son una sanción, sino el ingreso de un dinero que no te correspondía. Entiendo que el gestor es externo a la empresa por lo que me dices. Aunque haya incurrido en un error, no ha derivado en una multa ni pago de intereses (cuestión distinta es que te haya causado daños o perjuicios hacer frente a una deuda en un momento que no te esperabas, pero eso sí necesita de un juzgado para depurar responsabilidades). La situación es muy similar a cuando en una nómina se paga de más y no se dan cuenta hasta meses más tarde, solo que quien reclama no es la empresa, sino el Estado.

  • Claudia dice:

    Buenos días, tengo una consulta relacionada con el pago de una sanción. Tengo un requerimiento de Hacienda en el cual me dicen que mis datos eran erróneos y se declaró estar desplazada de una comunidad autonoma cuando, en el año X de la declaración, ya no correspondía. Al parecer este dato venía mal de los datos recogidos por la Administración Pública (donde antes trabajaba) puesto que ese año cambié a la empresa privada y contraté a un asesor para que me presentase la renta y se asegurase de que lo tenia todo bien regularizado, etc… Ahora me piden X dinero que debería haber abonado en la renta correspondiente porque no correspondia estar desplazada junto a la correspondiente sanción. Puesto que la asesoría presentó la renta y debía haber verificado que todos los datos estuvieran correctos, ¿puedo reclamarles el abono de la sanción? Muchas gracias por su orientación, un saludo

    • GesTron dice:

      Hola, Claudia. Hay muchas variables a tener en cuenta para depurar responsabilidades. La clave está en la función de gestoría, no la de asesoría (porque el asesoramiento no es obligado si no viene por iniciativa previa del cliente). Si se puede demostrar que el error en la declaración viene dado por una negligencia del gestor, se puede reclamar a través del seguro de responsabilidad civil. ¡Pero ojo! Un gestor gestiona y tramita en base a los datos oficiales de las instituciones públicas y la información previa proporcionada por su cliente. No tiene por qué investigar.

      La clave está en si la información proporcionada previamente (tanto tuya como la oficial de hacienda o TGSS) muestra ya evidencias de la situación que te ha llevado a recibir la sanción.

  • José Sánchez dice:

    Buenos días, mi mujer tiene reconocida una minusvalía, y todos los años nos hemos estado desgrabando por este motivo, cual es nuestra sorpresa cuando este año nos hace una inspección y nos dicen que tenemos que devolver una cantidad de dinero porque mi contable ha declarado que tiene reconocida una minusvalía y ayuda de dependencia, cuando la ayuda por dependencia no la tiene y nosotros nunca le hemos presentado ningún papel con dicha ayuda únicamente la minusvalía, yo quisiera saber quien se hace ahora responsable de pagar la liquidación provisional que nos ha hecho hacienda más la correspondiente sanción??, me comentan que el contable tendría que hacerse responsable de todo ya q es un error suyo, y que el seguro de responsabilidad civil que se supone que tiene la gestora cubriría los dos pagos. Espero me puedas ayudar. Muchas gracias
    Un saludo

    • GesTron dice:

      Hola, José. Cuando se trata de depurar responsabilidades de gestión nos asomamos al terreno legal más que nada. Desde luego tu asesor debería tener un seguro de responsabilidad civil, o no podría hacerse cargo ante una mala praxis demostrada. Para conocer la responsabilidad habría que conocer todo el proceso al detalle (como se haría en un juicio). Te recomiendo que consultes con nuestros asesores legales para saber cuál es la mejor manera de proceder dado el escenario actual.

  • José Luis dice:

    Buenas noches,tengo una empresa de transporte y contrate a un conductor de nacionalidad marroquí,con toda la documentación en regla(cap,carnet conducir etc) y con residencia en España de muchos años,y se acabó la relación laboral.Me mandaron una inspección de transporte se manda toda la documentación exigida y me sancionan con 2001 euros por falta del certificado de conductor de tercer pais el cual no lo solicita mi gestoria y le estoy pidiendo su responsalibilidad por el error y dice que el responsable es el transportista cuando yo no hago esos tramites.
    Soy yo responsable como transportista o es mi gestoria que debería informarme de dicho trámite.
    Un saludo.Gracias.

    • GesTron dice:

      Hola, José Luis. Lamento esa sanción que fue de seguro inesperada al conocer el motivo. Para depurar responsabilidades con objetividad habría que estudiar cómo fue el proceso de la gestión y la comunicación entre asesoría y cliente en este asunto. Una gestoría gestiona, no tiene en principio por qué asesorar salvo que detecte de antemano un riesgo derivado de una petición de su cliente. Cuestión distinta es que el cliente pida asesoramiento sobre un caso concreto y que la respuesta no acertada del asesor provoque directamente la sanción. Entonces hay poco que discutir.

  • Bárbara dice:

    Buenos días. Somo una asociación de pacientes y nuestras gestiones nos las lleva una asesoría. Nos han informado de que no nos han pasado un montón de recibos y que les debemos un importe que para nosotros como asociación es una locura. Somos nosotros responsables de este sucedido? Ahora mismo nos es imposible recoger una cantidad como la que nos piden. Nunca se nos hubiera ocurrido que ellos mismos no nos pasarán sus facturas si son ellos quiénes nos hacen la contabilidad!!!!
    Muchas Gracias.
    Bárbara Erce
    Representante de la Junta Directiva

    • GesTron dice:

      Hola , Bárbara. Entiendo que los recibos que mencionas son los honorarios de la asesoría ¿No se estipuló en la contratación el importe de los servicios? El pago a una asesoría es normalmente mensual. En todo caso, la prescripción es a los 5 años (antes era de 15). Lo extraño es que no os lo pasen mes a mes. En el caso que el destinatario sea un empresario o profesional, la factura debería expedirse antes del día 16 del mes siguiente (con excepciones para otras figuras jurídicas). El plazo del envío es de un mes desde la fecha de expedición. Puedes contrastar los servicios que os ofrecen con los nuestros, ya que tenemos un área especializada en empresas sociales (tanto asociaciones como ONGs). Por otro lado, para asuntos legales tenemos otros asesores especializados. Sería interesante que les comentaras tu situación y preguntarles qué prevalece, si la prescripción de 5 años o la no comunicación en plazo de la factura pertinente. Ahí estará la resolución final a tu duda.

  • jose luis garcia pezuela dice:

    compre un apartamento en Torrox (MALAGA) a un no residente, el banco BBVA me obligo a que toda la gestión la llevase a cabo la gestoría asumiendo mi representación en todos los tramites incluidos los tributos . esta gestoría muy famosa Indra me presento la liquidación por sus servicios. Esto ocurrio en 2019. Mi sorpresa fue mayúscula cuando en agosto de 2021 he recibido una liquidación en un acta de comprobación limitada donde se me pide el pago de la plusvalía con intereses de demora, recargo de apremio y posible sancionador porque tal como indica la ley en el caso de un no residente soy sustituto del contribuyente la deuda es de unos 5000 euros. Yo entiendo que la negligencia que ha tenido esta gestora y que ahora pago yo las consecuencias tiene que ser denunciada civilmente, uds como lo ven

    • GesTron dice:

      Hola Jose Luis. Lamento mucho el disgusto. Al tratarse de una gestoría reconocida no tengo dudas de que dispondrán de un Seguro de Responsabilidad Civil. Cuestión aparte es demostrar esa supuesta mala praxis, ya que tendrías que revisar las comunicaciones escritas con tu gestor para depurar responsabilidades. Sin más datos no podemos darte una respuesta segura. Si quieres una opinión más profesional lo mejor es consultar a nuestro departamento Legal, ya que están experimentados en estas incidencias que afectan a usuarios con asesorías anteriores.

  • Maria celestina j dice:

    Buenas,mi hija tiene una tiendecita d ropa esta d baja desde julio del año pasado para pasar el tribunal medico,la tienda es alquilada y cerrada d momento por si no le dan la minusvalia,el otro dia fui a hechar un vistazo a la tienda yo soy su madre y estuve con ella mientras estaba bien ella d autonoma y yo tambien segun la gestoria no m podia hacer contrato por ser familiar y tenia q ponerme d autonoma sin convivir con ella,ahora el inspector nos cita y m quitan a mi la ayuda q tengo d sepe por 9 meses y porq m tiene q dar d alta por ese dia y me la quitan por encintrarme ese dia alli hechando un vistazo a la tienda y a mi hija q hasta esta fuera d vacaciones la ponen una sancion muy grava por haberme tenido a mi sin contrato y autonoma q la multa o sancion minimo son 10.000 euros cuando eso lo a hecho l gestoria nosotras no tenemos ni idea d esas cosas ella hizo todo la gestoria llevando un monton d años y una tiendecita d 10 metros cuadrados q no es una empresa gde es mini .un saludo a ver si puede ayudarme

    • GesTron dice:

      Hola, María Celestina. Lamento mucho los contratiempos y disgustos derivados de la gestión del papeleo en trámites extraordinarios. También habría que saber hasta qué punto ha habido una posible negligencia de la gestoría (en tal caso deberían disponer de un seguro de responsabilidad civil). Te recomiendo que acudas a nuestros servicios legales para tener una opinión experta y fundamentada sobre tu caso, en paralelo a la de vuestro gestor (ya que imagino que no os habrá convencido su explicación si nos consultas por aquí).

  • Marian- Pamplona (Navarra) dice:

    Buenas tardes, mi antiguo asesor me hizo ver que había presentado el 4º trimestre de 2020 y el 1º de 2021, él vino a mi negocio le entregué todas facturas y el dinero. A mediados de abril decido cerrar mi negocio y me dice que ya me ha hecho todos los trámites, baja en IAE, baja en la SS, solicitado el paro de autónomos, el 2º trimestre IVA e IRPF y la declaración de la renta, me dice que le pague esa misma tarde de viernes 250 euros porque el domingo se va un mes a Rusia, le digo que le haré una transferencia y que me mande todos los justificantes primero, Cuando yo entro en Hacienda veo que no ha presentado nada, ni el 4º de 2020 y el 1º de 2021 ni 2º ni la declaración de la renta, me envía correos diciendo que por su programa tardan en procesar todo en Hacienda y que está todo hecho. La Seguridad Social me cobra mayo y junio, llamo a la SS y me dicen que sigo dada de alta, busco otra gestoría y ellos presentan todo y me dan de baja en la SS. El antiguo asesor ya no me responde a los correos, ni contesta a mis llamadas, ni whatsapp. La Mutua me pide para darme la prestación, libros de gastos e ingresos, tabla de amortización, cuenta de pérdidas y ganancias y muchas más cosas que sólo lo tiene él. Le he dicho que me devuelva toda documentación, ni contesta, ayer fui a la policía y me dijeron que lo denuncie por lo civil. Yo no tengo ni una sola factura de él puesto que venía a mi negocio y cobraba en metálico, sí tengo correos, llamadas grabadas y whapsapp ¿Hay alguna solución rápida sin pasar por el juzgado?. Tampoco está colegiado. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, Marian. Tener un asesor que no haga facturas es mucho más que un riesgo, al igual que la ausencia de un seguro de responsabilidad civil. Lamento que estés comprobando que lo barato puede salir muy caro. La policía te ha ofrecido la única posibilidad, llevarlo a lo judicial. Nuestro consejo es que huyas en las próximas veces de todo asesor que no facture, porque ya es un síntoma de que algo falla.

  • Rosa dice:

    Hola, soy autonoma y mi gestoría, según ellos, por desconocimiento no declararon el iva intracomunitario de mi empresa 3 años, ahora hacienda me obliga a pagar estos 3 años en uno + las sanciones. Mi gestoría se tiene que hacer cargo de todo?

    • GesTron dice:

      Hola, Rosa. Si se demostrase que hubo una mala praxis por parte de tu gestor debería sacar a relucir el Seguro de Responsabilidad Civil, que para eso está. Es un elemento indispensable en las asesorías y gestorías, más aún si se tiene en cuenta el alcance de las posibles sanciones, que raras veces son pequeñas. Ayuda T Pymes cuenta con ese seguro, pero no somos especiales por ello; todo gestor debe tenerlo, y la mayoría lo tienen.

      • vivirenrosa@gmail.com dice:

        Si tiene seguro de responsabilidad civil, pero hay que denunciarlo y dice que sólo paga la multa y los recargos, el iva dice que lo tengo que pagar yo. Pero es que es 3 años más el corriente en uno y no puedo hacerme caego

        • GesTron dice:

          Entonces entraríamos en el terreno judicial, ya que si se presta a recibir la denuncia es que, o bien considera que no ha cometido una mala praxis, o quiere evitar a toda costa una subida en la prima del seguro. En todo caso, tienes las puertas abiertas en nuestra asesoría

  • Javier dice:

    Buenas tardes a todos, resulta ser que antiguamente teníamos una empresa y en el momento de cerrar la acudimos a solicitar de estar al corriente de pago en la agencia Tributaria, obteniendo cartas de que no consta en la agencia Tributaria deuda alguna pendiente de liquidación por parte de nuestra empresa, en su momento le comenté a nuestro nuevo gestor que que era lo más viable, si pasar a concurso de acreedores y cerrar la empresa y me comentó de dejarla sin más, hoy por hoy la empresa tiene una deuda de más de 14000 € con Hacienda por no presentar impuesto de sociedades ni impuestos de trimestres de IVA como sanción administrativa, y está gestoría ahora se quita del medio no quiere dar respuesta al asunto, algo que me puedan recomendar referente a este tema que nos está sucediendo, os agradezco de antemano…

    • GesTron dice:

      Hola, Javier. Toda asesoría debe contar con un seguro de responsabilidad civil para aquellos casos en los que se demuestre una mala praxis. Muchos empresarios no se cercioran de este detalle tan importante (y es que las sanciones pueden ser muy grandes en casos determinados). Si quieres obtener más información sobre posibles acciones puedes consultar a nuestra asesoría jurídica.

  • Leire dice:

    Este mes al no cobrar el erte me pongo en contacto con la gestoría donde dicen que lo comprobarán y al no recibir respuesta voy al SEPE y me dicen que hay un error y que la gestoría no me ha actualizado los papeles por lo tanto desde el SEPE me aseguran que es un error del gestor, vuelvo a la gestoría comunico lo que me han dicho,la gestora me dice que lo mirará bien pero que es muy raro porque llevan todos los papeles al día,total que aún sigo sin respuesta por parte de la gestoría,me pongo en contacto con mi jefa y ella dice que no sabe nada que de eso se encarga la gestora…Que puedo hacer?

    • GesTron dice:

      Hola, Leyre. Desde luego el SEPE, tenga razón o no, manda más que cualquier gestoría. Tratándose de una palabra contra la otra no te ayuda mucho a encontrar la solución, eso está claro; ni a nosotros darte una respuesta objetiva y contundente. Lo que sí te podemos asegurar es que toda gestoría debe contar con un seguro de responsabilidad civil para que, si en un futuro se probara una mala praxis hacia el sujeto o sociedad gestionada, no salieras perjudicada.

  • Alejandra dice:

    Buenos días. Mi antiguo gestor cometió algún tipo de error haciendo la deducción por arrendamiento de vivienda habitual en mi Renta de 2018 y he recibido una notificación de la Agencia Tributaria en la que se me reclama el pago de 1.000 €. ¿Qué debo hacer en este caso? ¿Hay alguna forma de que el gestor se haga cargo de ese pago? Precisamente he contado desde el minuto 1 en que me hice autónoma con un servicio de gestoría para que un profesional se haga cargo de esos trámites y me asesore en lo que se puede y no se puede hacer, porque yo no controlo sobre estos temas.

    • GesTron dice:

      Hola, Alejandra. Todo gestor o asesor debe contar con un seguro de responsabilidad civil para casos de mala praxis profesional o imposibilidad de ejecución (que sufra una baja médica o accidente). Lo primero es cerciorarse de que ha habido una negligencia. Nuestra gestoría puede ayudarte a detectar ese posible error y marcar su origen si quieres una segunda opinión profesional. Recuerda que no tenemos permanencia 🙂

  • David dice:

    Es la primera vez que me doy de alta como autónomo. Pero el gestor que
    contraté para llevarme los papeles, no lo notifico así. Por lo que en vez de cobrarme la tarifa plana de 50-60€ me están cobrando 300€/ mes.
    Además me dio de alta en Diciembre y en la S. Social en marzo. Ahora tengo una deuda acumulada con la S.social que no para de crecer a razón de 300€/mes. La cual no puedo paralizar hasta resolver este asunto y que además crea intereses.
    Si me doy de baja como autónomo, no podré beneficiarme de las ayudas de nuevo, si me doy de alta de nuevo después para poder facturar a mis clientes.
    El gestor ni me coge el teléfono y no sé ni qué hacer, no es sólo una cuestión económica , si no también de la situación en la que quedó frente a la S. Social..
    Que hago? Me busco un abogado y lo denunció? Estoy bastante desesperado. Gracias

    • GesTron dice:

      Hola, David. Lamento mucho tu experiencia con el gestor. Sin duda ya entraríamos en temas de naturaleza legal (nunca está de más consultar a un abogado). Nuestros clientes tienen también acceso a asesoría legal, quizá pueda serte útil. Ya sabes que somos una asesoría integral.

  • Jesús Rodríguez Moreno dice:

    Buenos días, mi gestoría cuando la alerta del covid, en vez de hacerme el cese de actividad me dio de baja, por ese motivo ahora no estoy percibiendo ninguna ayuda. ¿Es denunciable la actuación de mi gestor?  

    • GesTron dice:

      Hola Jesús,

      Sin tener todos los elementos encima de la mesa no me aventuro a ofrecerte una respuesta personalizada. Te aconsejaría intentar primero solucionarlo con tu gestoría para ver si podéis rectificar la baja ante la Seguridad Social indicando que fue un error.

      Un saludo

  • GesTron dice:

    Hola Álvaro,
    Depende de muchos factores, ¿habíais facilitado toda la información al gestor? ¿Por qué motivo se produjo el error?

  • Gloria dice:

    Buenas tardes, la asesoría que me guiaba en la venta de una licencia de estanco no me informó bien y me encuentro en una situación de embargo de propiedades porque desde la agencia tributaria dice que he tenido un beneficio que no he declarado. Sospechan por el bajo precio por el que vendí la licencia. No se si puedo recurrir de otra manera que no sea judicialmente contra hacienda ya que no tengo liquidez para enfrentarme a ello.  Gracias, vuestros articulos son de interés y necesarios.

    • GesTron dice:

      Hola Gloria,

      El mejor consejo que puedo darte es que te pongas en contacto con nuestra asesoría legal para que estudiemos bien tu caso y podamos ayudarte. Rellena el formulario de nuestra web y hablaremos contigo. Un saludo!

  • Luis dice:

    Hola. Estoy cobrando de la mutua por inactividad de mi empresa tema COVID. El tercer trimestre no cobré (mis trabajadores en ERTE si cobraron) y reclamando a mi gestoría me ha dicho que no lo solicitaron y lo han vuelto a activar este 4 trimetre.me comentan que no es retroactivo y que no ya puedo reclamar ese trimestre, pero la culpa fue de ellos. ¿Por qué me dieron de baja o no renovaron si soy cliente de ellos y conocen mi situación laboral perfectamente? tengo derecho a una indemnización por el hecho d e tener contratado anualmente el servicio tanto de laboral como fiscal en esa gestoría?

    • GesTron dice:

      Hola Luís,
      Tendría que tener todos los detalles de tu caso para poder darte una respuesta. Si se ha producido una negligencia por parte del asesor sí que podrías reclamar.
      Suerte

  • GesTron dice:

    Hola Roberto,

    El plazo para reclamar a una asesoría podría ser de hasta 15 años según el código civil. Te recomiendo que contactes con nuestra asesoría legal para que estudien tu caso y puedan aconsejarte mejor. Un saludo!

  • GesTron dice:

    Buenos días Luís,

    Sentimos tu situación, por la información que me cuentas, sí que podrías exigir daños y perjuicios.

    Mucha suerte

  • GesTron dice:

    Hola Ana,
    Sentimos lo sucedido, en este caso puedes reclamar ante tu gestor.
    Suerte
    Un saludo

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