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¡Campana y se acabó!, gritaban las Tacañonas del «123 responda otra vez» mientras una de ellas la hacía sonar como si no hubiera un mañana, provocando miles de perforaciones de tímpano entre los espectadores 🛎
Pues eso pareció decir el Gobierno con la firma del sexto convenio de ayudas al colectivo de los trabajadores autónomos, arrastrando los pies y haciendo sonar la campana en forma de endurecimiento de los requisitos de acceso a las ayudas para los ingresos más bajos.
Y justo sobre la campana, los responsables de la Seguridad Social acordaron con las asociaciones de trabajadores autónomos prorrogar las ayudas que vencían el día 30 de septiembre, hasta el 28 de febrero de 2022. Son cuatro meses de vida extra que conviene aprovechar ⏰
👨🏫 A destacar que se ha mantenido la prestación extraordinaria por cese de actividad, que inicialmente quería eliminar el Gobierno bajo el argumento de la reactivación de la actividad y el descenso en un 80% de la cobertura, ya que actualmente «solo» quedan unos 226.000 autónomos con prestación por cese.
¿Quieres conocer en qué consisten estas prestaciones y cuáles son sus requisitos?
Pues abróchate el cinturón que ¡Vamos al turrón! 🚀
Exención de cotizaciones a la seguridad social
Con el objetivo de apoyar el mantenimiento de la actividad durante los próximos cuatro meses se mantienen las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social para todos los trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos en el periodo anterior.
Estas ayudas, en forma de exoneraciones en las cuotas, irán bajando, mes a mes, desde el 90% hasta el 25%:
- Octubre: 90%
- Noviembre: 75%
- Diciembre: 50%
- Enero 2022: 25%.
Prestaciones extraordinarias para autónomos
Además de la exención de cotización a la Seguridad Social se mantienen hasta el 28 de febrero las prestaciones extraordinarias vigentes para proteger a los autónomos que hayan sufrido un impacto significativo sobre su actividad. Veamos en qué consisten.
Por suspensión de actividad
Continúa la prestación extraordinaria por suspensión de actividad. Está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID-19.
La cuantía de la prestación es del 70% de la base mínima de cotización. Además, el autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.
Prestación compatible con la actividad
Se mantiene esta prestación dirigida a aquellos trabajadores que, reuniendo el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad, cumplen dos exigencias adicionales:
- Que su facturación del tercer y cuarto trimestre 2021 caiga el 50%, frente al tercer y cuarto trimestre de 2019
- No haber obtenido durante el tercer y cuarto trimestre 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 8.070 euros (que supone 1,2 veces el SMI en dos trimestres) ✅
Por caída de ingresos
Los trabajadores autónomos que no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar una prestación extraordinaria. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado.
Los requisitos para solicitar esta prestación extraordinaria son:
- Acreditar una caída de ingresos del 75% (los ingresos del cuarto trimestre 2021 deben ser inferiores a los del cuarto trimestre de 2019)
- No tener unos rendimientos netos computables entre julio y diciembre de 2021 superior al 75% del salario mínimo interprofesional.
Autónomos de temporada
También se mantiene la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.725 euros en el tercer y cuarto trimestre de 2021.
Bueno, pues este es el resumen del decreto aprobado por el Consejo de Ministros que prorroga por cuatro meses las ayudas para 226.000 trabajadores autónomos de nuestro país.
👩🏫 Todo parece indicar que este es el primer paso del Gobierno para ir cerrando el grifo a este tipo de ayudas en un momento en el que los autónomos siguen sin percibir en su economía real, las sensaciones positivas que se quieren transmitir a través de las cifras macroeconómicas.
Pero bueno, tengamos fe, porque al fin y al cabo, la fe es eso, «creer en lo que no se ve» ¿verdad?
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