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¿MÁS INFO?
Hace unos años cobrar la prestación por desempleo y ser autónomo a la vez era totalmente incompatible.
Por suerte, el Real Decreto Ley 4/2013 actualizó las normativas, y gracias a sus modificaciones posteriores, hoy en día todas las personas que estén cobrando el paro pueden compaginarlo con su alta de autónomo sin restricciones de edad.
Para ello, solo deben solicitar la compatibilización en los primeros 15 días del inicio de su nueva actividad laboral.
¿Te interesa?
Si la respuesta es sí, estás en el lugar adecuado. No dejes pasar tu plazo de solicitud y sigue leyendo.
Los comienzos de un autónomo pueden llegar a ser difíciles.
No solo por cumplir con los trámites y las obligaciones de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, sino también por la necesidad de captar a suficientes clientes para vivir de ello.
En tu caso, es probable que ya tengas cierta incertidumbre sobre cómo va a funcionar tu negocio: si podrás o no salir hacia adelante y si tu proyecto, en definitiva, te ayudará a cambiar tu situación de desempleo por mucho tiempo.
Para disipar esas dudas, la compatibilización del paro es una gran oportunidad.
Si quieres contar con un “colchón” de 9 meses, donde tus ingresos no dependan al 100% de tu trabajo, déjalo en nuestras manos.
Somos la asesoría online para autónomos más grande de España, y te asignaremos a un asesor experto para tramitar tu solicitud, darte de alta sin costes adicionales y acompañarte en el día a día de tu emprendimiento.
¿Empezamos?
Detener el cobro del paro
Te han ofrecido un trabajo como freelance o vas a iniciar un negocio como autónomo y lo más habitual es que decidas detener la prestación que estabas cobrando.
La duda que surge entonces es:«¿podré recuperar mi prestación por desempleo más adelante?»
Pues sí, podrás reanudarla siempre que la actividad por cuenta propia que desarrolles dure más de 24 meses y menos de 60.
Seguir cobrando el paro
Vas a empezar tu aventura como trabajador o trabajadora por cuenta propia, pero también quieres percibir al mismo tiempo la prestación por desempleo que te corresponde.
No hay problema.
Durante un máximo de 270 días o durante el tiempo que te quede por percibir (si este es inferior), podrás compatibilizar ambas cosas, solicitándolo en el plazo improrrogable de 15 días desde el inicio de tu actividad.
Capitalizar el paro
Para poner en marcha tu negocio, puedes capitalizar paro y cobrar en un pago único la prestación contributiva por desempleo que te quede por percibir (siempre que aún falten como mínimo 3 mensualidades).
Ten en cuenta que si te decantas por esta opción no podrás iniciar tu actividad sin haber solicitado antes la capitalización del paro, como tampoco podrás solicitarla si te has beneficiado de ella en los últimos cuatro años.
Puedes compatibilizar tu paro con ser autónomo durante un máximo de 270 días (es decir, 9 meses) o menos, según el tiempo que te quede por percibir.
Antes solo los menores de 30 años podían compatibilizar su prestación con el alta de autónomo, pero ahora ya no hay restricciones de edad, así que esto no supone ningún impedimento. Lo que sí debes cumplir son los siguientes requisitos:
Teniendo en cuenta todos estos factores, podrás compatibilizar el paro y percibir el 100% de tu prestación durante 9 meses; e incluso, disfrutar de la tarifa plana de autónomo, si tienes derecho a ella.
Durante la compatibilidad, aunque estés cobrando el paro, no tendrás obligaciones sobre el compromiso de actividad ni sobre los demandantes de empleo (renovación demanda de empleo, cursos, etc.).
Al acogerte a esta compatibilidad, podrás estar trabajando como autónomo y recibir durante 9 meses el 100% de la cuantía que corresponda con tu prestación por desempleo. Todo ello con el descuento del IRPF y sin deducción en tu cotización de la Seguridad Social. Y si llegas a darte de baja antes de que termine la compatibilización, podrás seguir cobrándola sin ningún problema.
Haz crecer tu negocio a tu ritmo, con la tranquilidad y seguridad de tener un respaldo económico. ¿Ya lo tienes claro?
Pues déjanos ayudarte de forma totalmente online, sin que tengas que moverte de casa y sin permanencia. En Ayuda T Pymes nos encargaremos de todo el papeleo y tramitaremos tu alta en 48h para empieces a facturar cuanto antes. Contacta con nosotros para más información 😉
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¿Alguna duda sobre compatibilizar la prestación por desempleo?
Sí, por supuesto.
En la propia página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se especifican los casos en los que es posible la compatibilidad de la prestación con el trabajo por cuenta propia. Aquí mismo se explica que la persona trabajadora que aproveche esta compatibilidad recibirá el 100% de su cuantía de prestación, con el descuento del IRPF y sin deducciones en la cotización de la Seguridad Social.
Ninguno, cualquier trabajador por cuenta propia puede compatibilizar su prestación por desempleo durante un máximo de 270 días, solicitando la compatibilidad en los 15 días siguientes de haberse dado de alta como autónomo.